La Audiencia de Sevilla ha impuesto una condena de veinte años de prisión a un hombre declarado culpable por un jurado popular de asesinar a otro en junio de 2024. El condenado atacó a la víctima con un arma blanca en las inmediaciones de una estación del Metro de Sevilla.La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), también establece una indemnización total de 264.078 euros a favor de la familia del fallecido. La decisión judicial se basa en el veredicto emitido por el jurado, que consideró probados los hechos ocurridos la tarde del 6 de junio del año pasado.Según el tribunal, el acusado y su pareja abordaron el Metro en la estación Parque de los Príncipes y, en la estación Prado, coincidieron en el mismo vagón con la víctima, con quien mantenían un enfrentamiento desde meses antes. Posteriormente, en la estación Primero de Mayo, el acusado se situó por detrás de la víctima en las escaleras de salida y le asestó cuatro puñaladas.El ataque se produjo sobre las 19:10 horas y fue descrito por el jurado como sorpresivo, con la víctima abordada por la espalda y sin posibilidad de defensa, debido a la naturaleza del arma utilizada y la forma del ataque. La víctima cayó desplomada en el lugar y, pese a que los servicios de urgencia llegaron mientras aún estaba con vida, falleció poco después.El tribunal descartó que existiera ensañamiento en el ataque, ya que no se consideró probado que el condenado aumentara deliberadamente el sufrimiento de la víctima. Tampoco admitió que el acusado actuara en legítima defensa ni bajo la influencia de sustancias estupefacientes que alteraran sus capacidades.No hubo defensa propiaEl acusado sostuvo que su actuación fue en defensa propia, pero esta afirmación quedó desacreditada ante la falta de pruebas que lo respaldaran. Las imágenes de las cámaras de seguridad y los testimonios recabados no mostraron indicios de provocación o agresión previa por parte de la víctima.La Audiencia señaló que la conducta del condenado fue planificada, con comunicaciones previas con su pareja que evidenciaron una preparación del ataque. Por tanto, rechazó cualquier atisbo de legítima defensa y confirmó la responsabilidad penal del acusado en el asesinato.La resolución se enmarca dentro de un proceso judicial que contó con la participación de un jurado popular, cuya decisión ha sido respaldada por la Audiencia de Sevilla, que ahora fija la pena privativa de libertad y la indemnización económica impuesta. El caso podrá ser revisado en apelación ante el TSJA.