Hay una constante que se repetía: la Tasa Anual Equivalente (TAE) no estaba calculada correctamente. Revisando cientos de contratos de financiación de coches, el abogado jerezano Carlos Morales Delgado se dio cuenta de que no era una casualidad. Era un patrón.Este letrado, del despacho Roberto Carlos Ortega Abogados, lleva años trabajando en un asunto que le ha hecho descubrir una presunta irregularidad, tras revisar centenares de expedientes vinculados a las reclamaciones del llamado cártel de fabricantes de vehículos.Este llamado cártel es un "sistema de monopolio y manipulación de precios ilegal" que al menos una veintena de fabricantes de vehículos acordaron para pactar precios entre 2006 y 2013. Eso supuso un sobrecoste para los compradores, que ahora pueden reclamarlo. Ya hay Juzgados que están dando la razón a los clientes.Fue en ese contexto en el que el abogado Carlos Morales detectó este patrón alarmante. "Nos dimos cuenta de que muchas financieras estaban ocultando costes relevantes del préstamo. Eso impide que el cliente pueda comparar u oponerse a ciertas condiciones. Es una vulneración directa del principio de transparencia bancaria", señala Morales en declaraciones a lavozdelsur.es.Un atentado contra el derecho de los consumidores Durante años, miles de personas han financiado la compra de su coche confiando en los datos que les proporcionaban las entidades financieras: tipos de interés “competitivos”, cuotas mensuales aparentemente asequibles y una TAE —la Tasa Anual Equivalente— que servía para comparar qué préstamo era más ventajoso. "Lo que muchos no saben es que, bajo esa aparente transparencia, se oculta una trampa que podría haberles costado miles de euros", señalan desde este despacho de abogados.El equipo jurídico de Roberto Carlos Ortega Abogados ha documentado que las entidades financieras utilizan varias estrategias simultáneas para la distorsión de la TAE. Hay ocasiones en las que no incluyen gastos que deberían añadirse en el cálculo de esta tasa, como pueden ser comisiones de apertura, seguros obligatorios o productos vinculados. En otras ocasiones, la TAE ejecutada conforme al cuadro de amortización es distinta a la pactada en el contrato, lo que implica que el cliente paga más intereses.Un coche circula por Jerez. MANU GARCÍAEl despacho jerezano también ha detectado préstamos en los que se financiaban cantidades superiores al coste real del vehículo, sin especificación ni inclusión de conceptos que engordan el capital prestado y disparan el pago de intereses. Hay un caso de especial gravedad: en algunas financiaciones flexibles de automóviles, la última cuota se refinanciaba sobre el importe total del vehículo y no sobre lo pendiente, de forma que el comprador acababa pagando de nuevo costes que ya había abonado.Una sentencia pioneraEl Juzgado de Primera Instancia número 5 de Manacor, en Mallorca, obligó a principios de año a una entidad bancaria a declarar nulo un préstamo concedido para la compra de un coche, porque incluía condiciones abusivas.Un perito determinó que el préstamo en cuestión contenía un TAE demasiado alto, por encima del 10%, lo que derivó en una sentencia judicial pionera en el país. Inicialmente la tasa era del 10,67%, pero el informe pericial determinó que estaba cercano al 13%, concretamente era del 12,96%.Cómo se puede reclamarLas dudas que manifiestan los clientes es si pueden reclamar la devolución de estas cantidades incluso si el préstamo se firmó hace años. "Lo que determina la viabilidad no es el año en que se firmó el préstamo, sino que se pueda acreditar el contenido del contrato", asegura el abogado Carlos Morales.Aunque puede conllevar complicaciones recuperar la documentación del préstamo, porque mientras está en vigor, la entidad financiera está obligada a conservar todos los documentos. pero una vez cancelado, suelen destruirlos tras cinco o seis años, en base a la normativa de conservación contable.“Es una reclamación justa. Y en muchos casos, si el cliente no conserva el contrato o el cuadro de pagos, aún podemos acudir al Registro de Bienes Muebles, donde las financieras inscriben habitualmente una reserva de dominio y su posterior cancelación. A veces, en esa inscripción se adjunta toda la documentación del contrato”, explica Morales.El proceso para reclamar no es automático, pero sí accesible. En Roberto Carlos Ortega Abogados, explican desde el despacho, lo primero que se hace es un estudio preliminar tendente a obtener la documental. El siguiente paso es un informe pericial elaborado por un experto economista, que evalúa si la ejecución del contrato se corresponde o no con lo pactado y con la legalidad vigente.Este informe es obligatorio para poder plantear con solidez la reclamación previa y, en su caso, la reclamación judicial, y tiene un coste que debe asumir el cliente. Sin embargo, si se gana el juicio, los tribunales suelen condenar a la financiera a pagar las costas, por lo que el desembolso inicial suele recuperarse.“No es una reclamación automática ni gratuita, pero sí es justa. Y en muchos casos, hablamos de cantidades importantes. Si bien, siempre estarán vinculadas al precio del vehículo y al interés que se pacte. El esfuerzo merece la pena”, asegura el letrado."Nuestra labor no es solo demandar, sino informar. Muchos consumidores no saben que han sido víctimas de una financiación opaca. Por eso, revisamos la documentación y, si hay base legal, trazamos una estrategia para recuperar lo pagado de más”, dice Carlos Morales, quienb desde el despacho Roberto Carlos Ortega Abogados lidera una línea de actuación específica para revisar préstamos de financiación de vehículos.El llamado cártel de cochesMás de una veintena de marcas de coches fueron sancionadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por pactar de manera ilegal los precios de venta de los coches, en un supuesto fraude que se desarrolló entre los años 2006 y 2013, y que afectó a más de nueve millones de usuarios.Entre 2015 y 2016, la CNMC multó a 21 empresas fabricantes de coches, 172 concesionarios y 2 consultoras por prácticas contra la competencia. Después de estas sanciones, los compradores acudieron a los Juzgados para reclamar el dinero abonado de más, que se calcula que está entre el 5 y el 10% del coste total del vehículo.Los compradores están reclamando indemnizaciones a las empresas sancionadas, que copan más del 90% del mercado. Ya hay sentencias que dan la razón a los usuarios. La Audiencia Provincial de Cádiz condenó, a finales de 2024, a un fabricante a devolver el sobrecoste que pagó un consumidor en la compra de su vehículo.El fallo de la Audiencia señala que el consumidor no debe demostrar el pago del vehículo mediante transferencia bancaria ni aportar la factura de la compra; considera suficientes los indicios indirectos como la orden de pedido o que se acredite la titularidad mediante el registro de la Dirección General de Tráfico (DGT). La OCU alerta contra las cláusulas abusivasLa Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) tiene en marcha una campaña contra las cláusulas abusivas de los contratos de financiación. Y es que la entidad ha llegado a tener constancia de préstamos con un TAE de hasta un 15%."Un interés del 15% TAE podría considerarse usurario y por tanto abusivo", insisten desde la OCU, que alerta también de las condiciones que incluyen estos contratos: "La lista es extensa: obligar a contratar un seguro; incluir una comisión de apertura elevada; la ejecución anticipada del préstamo al vencimiento de un solo impago; la reclamación de posiciones deudoras con cuantías a tanto alzado...".La organización anima al Ministerio de Consumo a que la transposición de la nueva Directiva 2023/2225 sobre los contratos de crédito al consumo prevista para noviembre recoja una regulación específica de los préstamos para la adquisición de vehículos a través de los concesionarios.