Robos en conjuntos residenciales. Foto: miciudadverde.comUno de los beneficios que tienen los residentes de conjuntos residenciales en Colombia es la posibilidad de contar con seguridad privada. En la mayoría de los casos, los recursos recaudados a través del pago de la administración se destinan a la contratación de empresas especializadas en vigilancia.Sin embargo, la existencia de seguridad privada no garantiza que no se presenten hurtos dentro de estas propiedades. Ante este tipo de situaciones, surgen diversas inquietudes entre los residentes, siendo una de las más comunes: ¿quién debe responder cuando ocurre un robo en un conjunto residencial?Al respecto, la Ley 675 de 2001 establece que la administración de los conjuntos residenciales, a través de su representante —el administrador o, en su defecto, el consejo de administración—, tiene la facultad de velar por la seguridad de las áreas comunes. Por esta razón, es responsabilidad de la administración asegurar que los elementos de vigilancia, como porterías, cámaras de seguridad y otros dispositivos, se encuentren en óptimas condiciones.Cuando se produce un robo al interior de un conjunto residencial, la administración podrá ser considerada responsable si se demuestra que hubo fallas en el sistema de seguridad o negligencia por parte del personal de vigilancia, como el vigilante de turno. La obligación de asumir la responsabilidad dependerá, entonces, de que exista evidencia clara de dicha omisión.Es importante destacar que la normativa contempla la responsabilidad de la administración solo en los casos en que el hurto ocurra en zonas comunes. Si la pérdida ocurre dentro de una propiedad privada, la administración no está obligada a responder, a menos que el afectado pueda demostrar que el hecho se produjo por una falla atribuible a la administración, como un descuido en el control de accesos o una omisión en las medidas de seguridad.Empresas de vigilancia deben responder por robos en conjuntos. Foto: lacomunidad.coRecomendado: Residentes en conjuntos les dan preocupante dato por cuota de administraciónAsimismo, si el robo se produce como consecuencia de un descuido por parte del residente —por ejemplo, dejar la puerta de su vivienda sin asegurar—, la responsabilidad recae exclusivamente en el propietario o arrendatario del inmueble, eximiendo a la administración de cualquier obligación en ese caso.¿En qué casos responde la empresa de vigilancia por los robos en conjuntos?En cuanto al papel de las empresas de vigilancia, estas podrán ser responsables si se comprueba que hubo incumplimiento en sus deberes contractuales, como omitir rondas de seguridad, permitir el ingreso de personas no autorizadas o actuar con negligencia ante una situación de riesgo. En tales escenarios, el afectado puede, conforme al Código Civil, iniciar una acción legal contra la empresa prestadora del servicio.Adicionalmente, tanto las copropiedades como las empresas de vigilancia suelen contar con pólizas de seguro que permiten cubrir este tipo de eventualidades. Por ello, se recomienda que los residentes verifiquen si el conjunto al que pertenecen cuenta con estos mecanismos de respaldo.