El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo está ya reconocido en las leyes y por tanto debe incluir el proveer de los servicios de salud, como una obligación de las autoridades correspondientes.LEE ADEMÁS: Afores podrán participar en operaciones con Derivados en la Bolsa Mexicana de ValoresCon esta sentencia, las autoridades administrativas locales del sector salud tienen la obligación de implementar, difundir y organizar los servicios de salud para garantizar el derecho a interrumpir el embarazo de forma voluntaria.Durante la sesión, el ministro ponente, Javier Laynez Potisek, señaló que el derecho a la salud es indispensable para decidir sobre la vida reproductiva y debe protegerse sin discriminación, asegurando acceso a los servicios para los sectores más vulnerables.Advirtió que esta tesis, que será obligatoria para los juzgados y tribunales, subraya que las mujeres y personas con capacidad de gestar deben tener acceso universal a servicios amplios de salud sexual y reproductiva.“Es necesario prevenir riesgos asociados con abortos inseguros, garantizando acceso oportuno a servicios de aborto para preservar la salud, no basta con garantizar la libertad de decisión. Es fundamental contar con infraestructura médica adecuada, segura, accesible y de calidad. Así, el Estado está obligado a garantizar que en los hospitales públicos se brinde acceso al derecho a la salud con los más altos estándares de calidad“, sentenció.Al resolver una contradicción de criterios entre diversos Tribunales Colegiados de Circuito, determinó que para que las mujeres y personas con capacidad de gestar puedan efectivamente ejercer su derecho a interrumpir de manera voluntaria su embarazo, resulta indispensable que existan servicios médicos seguros, disponibles, accesibles, aceptables, asequibles, respetuosos y de calidad que les permitan hacerlo.Y es que, dos Tribunales Colegiados sostuvieron que, derivado de los derechos constitucionales y convencionales, así como de lo resuelto por la Corte en una acción de inconstitucionalidad, existía una obligación de las autoridades locales del sistema de salud de implementar, difundir y organizar los servicios de salud para garantizar el derecho a interrumpir voluntariamente el embarazo.Por el contrario, otro Tribunal Colegiado resolvió que no podía sostenerse esa obligación, porque no existía un mandato específico para las autoridades en la Constitución Federal o en las leyes, y la obligación no podía derivar de una sentencia de la SCJN en la que no fue parte una determinada entidad federativa.Los ministros consideraron que la Constitución federal, instrumentos internacionales y la Ley General de Salud, así como de la interpretación que La Corte ha hecho a través de diversos precedentes, resulta claro que las autoridades locales del sector salud tienen la obligación de implementar, difundir y organizar los servicios de salud para garantizar específicamente el acceso al aborto electivo o voluntario.The post Corte determina que aborto legal requiere servicios de salud garantizados first appeared on Ovaciones.