El borrador de sentencia favorable a la ley, en caso de ser aprobado en los próximos meses, no abordará los casos del expresident catalán y el líder de ERC a los que el Supremo se ha negado a perdonar su imputación por malversaciónLa ponencia del Constitucional sobre la amnistía estima parcialmente el recurso del PP pero avala el grueso de la ley La ley de amnistía ha cumplido su primer año en vigor con más de 300 beneficiadas y un detalle clave para el futuro de la ley: el borrador de sentencia que estudiará en los próximos meses el Tribunal Constitucional apuesta por avalar, con pocos matices, la norma de perdón del procés independentista catalán. Si esa ponencia sale adelante, la decisión del tribunal de garantías no contestará a todas las preguntas que hay sobre la ley de amnistía: si abarca el delito de malversación que mantiene a Carles Puigdemont en búsqueda y captura. Ese matiz de máxima importancia judicial y política tendrá que esperar a los recursos que los propios políticos catalanes han presentado contra sus casos concretos o, incluso, a una futura sentencia de los tribunales europeos. El Congreso de los Diputados dio luz verde a la amnistía a finales de mayo del año pasado y fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) menos de dos semanas después. Se abrió entonces un plazo de dos meses para que los jueces aplicaran el perdón a todas las causas sentenciadas o bajo investigación relacionadas con el procés. Así, el periodo va desde 2011 hasta 2023, abarcando el referéndum de 2017 y sus preparativos pero también la consulta de 2014 o los disturbios posteriores a la sentencia del Tribunal Supremo. La ponencia de la magistrada Inmaculada Montalbán avala la mayor parte de la norma y estima parcialmente el recurso del Partido Popular –el primero que será sentenciado de las dos decenas de impugnaciones interpuestas– para detalles sin apenas incidencia. La ley no ampara los delitos consumados después de noviembre de 2023 y debería obligar a escuchar a la Fiscalía y las entidades públicas afectadas por el procés desde el punto de vista contable, por ejemplo a la Generalitat de Catalunya. Este borrador que maneja el Constitucional, en caso de ser aprobado y convertirse en una sentencia, establecerá que la ley de amnistía es constitucional, pero no marcará la interpretación que hagan los jueces sobre a qué casos se aplica y a cuáles no. En particular a uno de los supuestos de mayor relevancia penal y política, el delito de malversación de caudales públicos por el que fueron condenados líderes políticos independentistas como Oriol Junqueras y por el que todavía están buscados otros como Carles Puigdemont. Un aval general del tribunal de garantías a la ley de amnistía, en la práctica, sella su aplicación en la inmensa mayoría de los casos en los que no ha habido polémica judicial y en los que el criterio del Tribunal Supremo no ha sido discutido. Más de 100 policías investigados por las cargas del 1-O y también los manifestantes o activistas encausados por disturbios, así como algunos cargos públicos condenados, por ejemplo, por poner escolta a Puigdemont mientras estaba en Bélgica. La polémica que no soluciona la futura sentencia es qué pasa con los casos que el Supremo ha rechazado amnistiar. Esos casos específicos deben esperar a que el Constitucional resuelva sus recursos concretos. Es, por ejemplo, el supuesto de Oriol Junqueras. En su caso, los indultos y la reforma de la sedición borraron su condena de cárcel y el líder de ERC siguió con la pelea para que la amnistía eliminara también la inhabilitación, que a día de hoy le impide ocupar un puesto público hasta 2031. Sus reclamaciones contra la negativa del Supremo a amnistiar la malversación ya fueron admitidas a trámite por el Constitucional. La malversación de Puigdemont El caso de Carles Puigdemont es diferente. En Bélgica desde 2017, ha sido imputado y procesado en varias causas relacionadas con el procés y en la actualidad está pendiente de una sola, la acusación por malversación en las diligencias principales del procés que, ocho años después, sigue llevando el juez Pablo Llarena en el Tribunal Supremo. Y hasta el momento ni el instructor ni la Sala de lo Penal han accedido a amnistiar la malversación del expresident o, entre otros, sus antiguos compañeros de gabinete, lo que tiene una consecuencia práctica: sigue imputado por ese delito y, salvo que protagonice una nueva fuga como cuando apareció brevemente en Barcelona en 2024, será detenido si entra en España. Estos recursos individuales servirán para saber si los argumentos del Supremo superan el filtro del Constitucional. La ley de amnistía establece como excepción la malversación que haya terminado en un enriquecimiento personal del acusado y en la Sala de lo Penal entienden que eso se ajusta al caso de Puigdemont, Junqueras y otros políticos que llevaron la batuta del procés desde las instituciones públicas catalanas. Usar recursos públicos para organizar el referéndum de 2017 les libró de poner el dinero de su bolsillo y, además, todo el desafío separatista pudo afectar potencialmente a los intereses económicos de la Unión Europea, según la sala que presidía entonces Manuel Marchena. Esos autos en los que el Supremo aprovechaba para ir más allá que en su sentencia del caso y definir el procés como un “golpe de Estado”, serán los que aproveche el Constitucional para establecer si la malversación del procés queda o no amparada por la ley de amnistía. La Fiscalía considera que el Supremo se ha equivocado al interpretar una norma que, según dijo la teniente fiscal en una de las vistas más recientes, es “clara” en su contenido y sus intenciones. Este criterio del Supremo se ha encontrado con discrepancias dentro de la magistratura. Una jueza de Barcelona, por ejemplo, optó por perdonar la malversación atribuida al exsecretario de Deporte de la Generalitat, Gerard Figueras, porque actuó “con la intención de procurar la independencia de Catalunya, sin que conste enriquecimiento personal”. Según la imputación que pesaba sobre él, destinó fondos públicos como buzoneo y papeletas del referéndum de 2017. Otros frentes judiciales internacionales se suman a los recursos pendientes de decisión en España. Son las cuestiones prejudiciales que tribunales como la Audiencia Nacional, el Tribunal de Cuentas o el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya han elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y cuya resolución también será clave. De esas impugnaciones dependen otros casos relevantes relacionados con el procés: los 12 procesados por terrorismo en la causa contra los Comités de Defensa de la República (CDR) o las causas contables en las que se decide si los responsables del procés pagan con su patrimonio el dinero público invertido. La intención del Tribunal Constitucional es dictar su sentencia principal sobre la amnistía antes del verano, tal y como explicó su presidente Cándido Conde-Pumpido en un coloquio en el Ateneo de Madrid hace unas semanas. La ponencia de Montalbán ha sido puesta recientemente a disposición del resto de magistrados y el debate todavía no tiene fecha, aunque diversas fuentes apuntan al mes de junio.