Europa abre la puerta a cobrar por el equipaje de mano en vuelos comerciales

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Europa abre la puerta a cobrar por el equipaje de mano en vuelos comerciales. Foto: tomada de FreepikLos ministros de Transporte de los países de la Unión Europea han respaldado una reforma normativa que permite a las aerolíneas cobrar por el equipaje de mano de tamaño «razonable» que los pasajeros lleven en cabina, mientras se mantiene la gratuidad de un bulto personal que quepa bajo el asiento.La medida, impulsada por la presidencia polaca del Consejo de la UE, fue aprobada por mayoría, con la oposición de España, Alemania, Portugal y Eslovenia. Austria y Estonia se abstuvieron. Aunque la reforma aún debe ser ratificada por el Parlamento Europeo, marca un cambio significativo en las políticas de equipaje de mano en vuelos dentro de la UE.La nueva normativa establece que las aerolíneas pueden cobrar por el equipaje de mano que se coloque en los compartimentos superiores de la cabina, mientras que el equipaje que se pueda colocar bajo el asiento delantero seguirá siendo gratuito. Además, se propone aumentar el umbral de tiempo de retraso requerido para recibir compensación, de 3 a entre 4 y 6 horas, según la distancia del vuelo.¿Qué dice la nueva normativa para el cobro de estos equipajes en los vuelos?La nueva normativa establece que las aerolíneas pueden cobrar por el equipaje de mano que se coloque en los compartimentos superiores de la cabina, mientras que el equipaje que se pueda colocar bajo el asiento delantero seguirá siendo gratuito. Además, se propone aumentar el umbral de tiempo de retraso requerido para recibir compensación, de 3 a entre 4 y 6 horas, según la distancia del vuelo.“Se debe permitir a los pasajeros llevar sin coste adicional objetos personales que constituyan un aspecto necesario de su transporte en cabina, siempre que dichos objetos cumplan con los requisitos de seguridad aplicables y se ajusten a criterios razonables de peso y dimensiones”, señala el acuerdo, que subraya que existe jurisprudencia al respecto.Europa abre la puerta a cobrar por el equipaje de mano en vuelos comerciales. Foto: tomada de FreepikRecomendado: De aliados a adversarios: así colapsó la relación entre Donald Trump y Elon Musk“se entiende por ‘objeto personal’ una pieza de equipaje no facturado que constituye un aspecto necesario del transporte del pasajero, que cumple con los requisitos de seguridad, y cuyas dimensiones máximas son de 40x30x15 cm, o siempre que pueda colocarse bajo el asiento delantero”, agrega el borrador.Por su parte, España ha expresado su firme oposición a esta reforma. El ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, calificó la medida de «ilegal» y prometió continuar la lucha en el Parlamento Europeo para defender los derechos de los consumidores. En 2024, España sancionó con más de 150 millones de euros a Ryanair, Volotea, Vueling y EasyJet por prácticas abusivas como cobrar por equipaje de mano y reimpresión de billetes.Es importante mencionar que, de acuerdo con dicha medida, los pasajeros deben ser informados “en el momento de la reserva y en un formato claro y accesible, de las dimensiones y el peso máximos del equipaje que pueden llevar consigo en cabina”.Y agrega: “Sin perjuicio del principio de libertad tarifaria, las compañías aéreas deben definir una política razonable en cuanto a las dimensiones del equipaje de mano, que permita a los pasajeros llevar una pieza de equipaje en cabina, siempre que cumpla con los requisitos de seguridad aplicables”.Las organizaciones de consumidores, como la OCU, Facua y la Organización de Consumidores Europeos (BEUC), han criticado duramente la normativa, considerándola perjudicial para los derechos de los pasajeros. La BEUC ha presentado una denuncia ante la Comisión Europea contra siete aerolíneas por cobrar por el equipaje de mano, argumentando que estas prácticas son abusivas y contrarias a una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 2014.Por su parte, las aerolíneas y la Asociación de Líneas Aéreas (ALA) respaldan la reforma, argumentando que eliminará la litigiosidad existente y aportará claridad reguladora. La ALA defiende que estas prácticas comerciales, como el cobro de maleta en cabina, son legales y están amparadas en el Reglamento Europeo 1008/2008, que establece la libertad de fijación tarifaria.Finalmente, la decisión del Consejo de la UE aún debe ser aprobada por el Parlamento Europeo. Mientras tanto, la Comisión Europea ha pedido a las aerolíneas que inicien conversaciones para fijar unos estándares de tamaño y tarifas para el equipaje de mano, advirtiendo que, si no logran hacerlo en un plazo «razonable», intervendrá para fijarlos.