Si le toca trabajar un día de descanso en Colombia esto le tendrían que pagar con nueva ley

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Imagen: Tomada en cuenta oficial de X de la Alcaldía de CaliEl Senado ya se alista para debatir la reforma laboral. Esta, que es la última discusión del articulado en el Congreso, mantiene uno de los cambios más importantes: mejorar el pago por trabajar un día de descanso en Colombia.Dice la propuesta que todo trabajador tiene un descanso obligatorio, pero si se deben cumplir compromisos laborales, se remunera con un recargo del 100 % sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas y los días de fiesta se remunera con un recargo del 75 % en proporción a las horas laboradas.El empleo en Colombia ha venido aumentando en los últimos años. Foto: InnpulsaIndica la propuesta que trabajar un día de descanso en Colombia no debería afectar el salario ordinario a que tenga derecho el trabajador por haber laborado la semana completa.“Si con el día de descanso obligatorio coincide otro día de descanso remunerado, solo tendrá derecho el trabajador, si trabaja, al recargo establecido en el numeral anterior”, agrega el documento.Trabajadores y el salario mínimo en Colombia. Imagen: ANIMás disposiciones sobre trabajar un día de descanso en ColombiaAl tiempo que se explica que el trabajo en día de descanso obligatorio es ocasional cuando el trabajador labora hasta dos días de descanso obligatorio, durante el mes calendario.“Se entiende que el trabajo en día de descanso es habitual cuando el trabajador o trabajadora labore tres o más de estos durante el mes calendario”, explica la propuesta sobre los derechos por trabajar un día de descanso en Colombia.“Para todos los efectos, cuando este Código haga referencia a “dominical”, se entenderá que trata de día de descanso obligatorio”, agrega el proyecto de ley.Trabajadores en Colombia. Imagen: IDURecomendado: Habrá régimen especial para empresas en reforma laboral: Esto dice nuevo artículoFinalmente, cuando se debe trabajar un día de descanso en Colombia, las partes del contrato de trabajo podrán “convenir por escrito que su día de descanso sea distinto al domingo. En caso de que las partes no lo hagan expreso en el contrato u otrosí, se presumirá como día de descanso obligatorio el domingo”.