De la Espriella tumbaría nuevos decretos de Petro sobre tercerización laboral y trabajo doméstico

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La ministra de Trabajo, Natalia López. Imagen: Ministerio de TrabajoEl Ministerio del Trabajo publicó para comentarios un paquete de borradores que modifica buena parte de la reglamentación laboral expedida este año. Las propuestas incluyen cambios en tercerización, acoso, así como en el programa Crea Empleo.Los proyectos derogan tres decretos, sustituyen varios capítulos del decreto que compila las normas del sector y ajustan la resolución que reglamenta el beneficio para crear nuevos puestos de trabajo.Entre las normas que quedarían sin efecto están las que regulaban el depósito de pactos colectivos, la tercerización laboral y las medidas preventivas que pueden adoptar los inspectores de trabajo.En materia de pactos colectivos, el depósito se tramitaría conforme a lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo, sin necesidad de una autorización previa del Ministerio. Las investigaciones en curso solo continuarían cuando la presunta infracción tenga respaldo legal.En cuanto a la tercerización laboral, el Ministerio ya no podría utilizar sus facultades de inspección para declarar la existencia de un contrato de trabajo ni determinar quién es el verdadero empleador. Los inspectores podrían documentar los hechos encontrados y remitirlos a la autoridad competente. Aunque las actas servirían como prueba, no equivaldrían a una demanda judicial.La propuesta también establece límites para las multas a empresas de servicios temporales y cooperativas. Para las infracciones más graves, el tope sería de 11.159,87 UVB, equivalentes a $135,1 millones. Además, las multas sucesivas requerirían demostrar que la conducta infractora persiste, por lo que no podrían imponerse automáticamente por el simple paso del tiempo. Trabajo domésticoPara las trabajadoras domésticas, el borrador establece que el contrato debe constar por escrito y registrarse en la planilla de aportes a seguridad social. Sin embargo, la falta de registro no eliminaría los derechos laborales de la trabajadora.El texto también reconoce el derecho a la prima de servicios y establece garantías para los procedimientos disciplinarios. Antes de imponer una sanción, el empleador tendría que escuchar a la trabajadora.Trabajadoras domésticas en Colombia.Asimismo, la cotización por días no podría utilizarse para encubrir una relación laboral que, en la práctica, corresponda a un empleo de tiempo completo.Otro de los puntos se refiere a las facultades de inspección dentro de las viviendas. Los inspectores de trabajo solo podrían ingresar con el consentimiento de quien corresponda o cuando exista una autorización legal expresa.Si identifican un riesgo grave para la vida o la integridad de la trabajadora y no pueden ingresar al inmueble, tendrían que informar de inmediato a la Policía, la Fiscalía u otra autoridad competente. Mientras tanto, podrían continuar las actuaciones desde el exterior, por ejemplo, mediante solicitudes de documentos y entrevistas. Cambios al programa Crea EmpleoEl programa Crea Empleo, que otorga beneficios a las empresas que aumentan su nómina mediante la creación de nuevos puestos de trabajo, también tendría modificaciones en sus condiciones de operación y financiación.El principal cambio es que el reconocimiento del aporte quedaría sujeto a la disponibilidad presupuestal. Los periodos en los que se causa y reconoce el beneficio se definirían cada año en los manuales operativos. Si los recursos resultan insuficientes para cubrir todas las solicitudes, se establecería una priorización según el orden en que la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) emita los conceptos de conformidad.El borrador también organiza el procedimiento en seis fases. Primero, los bancos o las cooperativas de ahorro y crédito recibirían las solicitudes, verificarían que estuvieran completas y las remitirían a la UGPP. Esta entidad validaría el cumplimiento de los requisitos y clasificaría los nuevos empleos según correspondan a mujeres, jóvenes o personas mayores de 50 años. Si un trabajador cumple varias de estas condiciones, se contabilizaría una sola vez.Fotos: Cámara de Comercio de Bogotá y Campaña De la EspriellaDespués, los bancos y las cooperativas gestionarían el cobro ante el Ministerio del Trabajo, que ordenaría el giro de los recursos para que las entidades financieras los distribuyan entre los beneficiarios. Las entidades que no tengan cuenta en el Banco de la República podrían recurrir a otra entidad autorizada para realizar el proceso.Para acceder al beneficio, los puestos de trabajo tendrían que ser nuevos y de tiempo completo, con un ingreso base de cotización de al menos un salario mínimo. Además, los trabajadores deberían estar afiliados a todos los subsistemas de seguridad social y no podrían registrar suspensiones o licencias no remuneradas superiores a 15 días durante los meses por los que la empresa solicita el aporte.—