La Justicia europea dicta sentencia. Los bancos no pueden negarse a devolver inmediatamente el dinero de una operación no autorizada alegando que el cliente actuó con negligencia grave al caer en una estafa. Así lo ha aclarado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia que refuerza la protección de los consumidores frente al fraude bancario. La entidad debe efectuar primero el reembolso y, posteriormente, reclamar al usuario las pérdidas si demuestra que incumplió sus obligaciones de forma deliberada o por negligencia grave.Seguir leyendo....