La más que posible colisión entre el Tribunal Supremo y el Constitucional por la suspensión del voto a los nuevos españoles descendientes de exiliados republicanos tiene mucho que ver con conflictos anteriores, como el de la ley de amnistía. Al igual que con la norma del perdón, en el caso de la ley de nietos, la más alta instancia judicial española en todos los órdenes, el Supremo, toma una decisión manifiestamente inconstitucional o de un exotismo de muy difícil comprensión con la certeza de que el Tribunal Constitucional terminará dándole la vuelta. Después, cuando el órgano de garantías lo corrige, los magistrados del Alto Tribunal se rasgan las vestiduras al tener que acatar su doctrina, quejándose de que entre en su ámbito de interpretación. Desde los partidos y sectores sociales de derechas se difunde entonces la opinión de que el órgano de garantías o, mejor aún, su presidente, Cándido Conde-Pumpido, y el resto de los magistrados progresistas, vuelven a salvar los trastos al Gobierno. En este último caso, el del voto de los nacionalizados por la ley de nietos, por no creerse la teoría de la conspiración del pucherazo que la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo le ha comprado a Vox. O, lo que es peor, por bendecirlo.En el Constitucional comienzan a estar hartos de esta estrategia, repetida con el caso del exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez o los ERE de Andalucía y que abunda en la estrategia de desprestigio institucional contra él. Este mismo lunes ha tenido su último episodio en el levantamiento de la orden de busca y captura contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, ordenada por el magistrado del Supremo, Pablo Llarena. El instructor del procés ha acatado la doctrina del Constitucional criticándola al mismo tiempo. En el caso de la ley de nietos, sin embargo, el máximo intérprete de la Constitución, que iniciará mañana su deliberación sobre si anula la suspensión cautelar del voto de 163.020 españoles, se inclina, con una mayoría transversal de magistrados progresistas y conservadores, por no admitir a trámite el recurso de amparo del Defensor del Pueblo al considerarlo prematuro, ya que aún no se conocen las alegaciones de los afectados. La Sección Cuarta les dio la semana pasada un plazo de cinco días para personarse en el caso. Los magistrados de la minoría creen que se ha producido una vulneración masiva del derecho a la participación política frente a la que el encargado de tutelar los derechos fundamentales no puede dejar de actuar.En caso de que, finalmente, esa sea la decisión del Constitucional, el balón quedará de nuevo en el tejado del Supremo. El mismo lugar en el que decidió dejarlo la Junta Electoral Central en su sesión del pasado jueves, que remitió al Alto Tribunal a las formaciones y electores que le plantearon dudas sobre quién podrá votar y quién no en las próximas elecciones generales, que se celebrarán en seis semanas. En esas condiciones tendrá que ser la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal la que detalle en qué términos se produce esa suspensión del voto y a quién afecta. Será una decisión muy comprometida, porque con total probabilidad se tomará con una información muy incompleta. Los consulados en el exterior están buscando toda la información que les han reclamado los magistrados, pero Exteriores ya ha avisado de que más del 80% de los expedientes no podrán revisarse a tiempo con lo que, en caso de que el Supremo suspenda el sufragio de los poquísimos ciudadanos de los que sí tenga algún dato, provocará su discriminación frente a los que sí podrán votar por desconocerse su situación. La medida cautelar en sí misma ya es discriminatoria, porque los españoles que hicieron los trámites desde España (y están en el Censo de Residentes, no en el de Ausentes) no están afectados. La incertidumbre y la inseguridad jurídica sembradas por el Supremo en el derecho más básico en democracia, el voto, y con un proceso electoral ya convocado, han provocado que pocos quieran, por el momento, inmiscuirse en semejante embrollo. Una intervención del Constitucional aceptando las medidas cautelarísimas que le pide el Defensor –consistentes en dejar sin efecto la suspensión del voto de esas más de 163.020 personas– serviría a la derecha judicial y política para difundir la especie de que el máximo intérprete de la norma fundamental avala el supuesto pucherazo orquestado por el Ejecutivo que el Supremo, de la mano de Vox (tercer partido en expectativa de voto) quiere investigar. En la Junta Electoral creen que debe ser quien creó el problema, es decir, la Sala, quien ejecute sus propias decisiones, y sus vocales no quieren "bajar al barro". Diseminar bulos sobre sospechas de fraude electoral, incluso en las democracias más avanzadas del planeta, es una estrategia a la que recurre desde hace años la ultraderecha a nivel global y que ahora, el Tribunal Supremo parece haberse creído. El Supremo dio por sentada esa posibilidad el pasado 10 de septiembre y, a petición de Vox (también del pseudopartido ultra y extraparlamentario Iustitia Europa), y en contra de la Fiscalía, la Abogacía del Estado y la Junta Electoral Central, suspendió el voto a los nacionalizados por la ley de nietos que no acrediten documentalmente que son descendientes de exiliados sin que, hasta ahora, haya obtenido información alguna sobre quiénes son ni sobre las circunstancias en las que obtuvieron su pasaporte. El Alto Tribunal motivó la decisión por el amplio incremento del CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes) gracias a estos nuevos españoles, que estimó en más de 400.000 cuando en realidad son 163.020 los que podrían votar el 29N. La Sección Cuarta dio por sentado que ese aumento suponía "un peligro fundado, real y serio" de alterar "el resultado deseado por los españoles en unos futuros comicios". Es decir, que presumieron infundadamente que votarían a opciones de izquierda. En las generales de 2023, sin embargo, el CERA favoreció al PP al darle un último escaño que inicialmente se había atribuido al PSOE.Mientras, el calendario para las próximas generales sigue corriendo. El plazo para presentar reclamaciones contra el censo en la Oficina del Censo Electoral ha terminado este lunes y deberán estar resueltas en tres días (el 23 de octubre). Contra esas resoluciones cabe un recurso contencioso-administrativo cuyo fallo no puede ir más allá del 2 de noviembre. Ese es el día en que debería estar definitivamente cerrado el listado de votantes, que debe reflejar con claridad quién puede el 29N. Mientras, la Junta Electoral Central sigue adelante con los trámites previos y el jueves dio la orden al Censo de enviar a todos los inscritos en el CERA (sin excepción) la documentación necesaria para votar con la advertencia de que hay un proceso en marcha en el Supremo que podría impedirles ejercer su derecho. La Junta también ha informado de ese hecho a la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo. Ahora, todos miran a sus magistrados para saber cómo deben actuar en la noche electoral.