No solo empleados de oficina: estos trabajadores también tendrán menos horas laborales en Colombia. Imagen de referencia generada con IADurante décadas, trabajar 48 horas semanales fue la regla para millones de trabajadores colombianos. Sin embargo, desde 2023 el país inició una transformación gradual de su modelo laboral y, a partir del próximo 15 de julio de 2026, se completará uno de los cambios más importantes en materia de trabajo de los últimos años: la jornada máxima legal bajará definitivamente a 42 horas semanales, sin reducción salarial.Lea también: Nueva propuesta busca que pensiones aumenten con el salario mínimo y no con la inflaciónAunque muchas personas asocian esta reducción con empleados de oficinas, fábricas o empresas privadas, los efectos de la medida también alcanzan a otros trabajadores que históricamente habían permanecido en una situación diferente frente a la regulación laboral.Entre ellos se encuentran quienes prestan servicios domésticos internos, un sector que fue incluido posteriormente por decisión de la Corte Constitucional.La transición hacia las 42 horas semanales fue establecida por la Ley 2101 de 2021, que modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo para reducir progresivamente la jornada máxima de trabajo sin afectar salarios ni prestaciones. El cronograma comenzó en 2023 con una jornada de 47 horas semanales, pasó a 46 horas en 2024, bajó a 44 horas en 2025 y culminará con 42 horas desde julio de 2026.La reducción de la jornada laboral también aplica a estos trabajadoresUno de los cambios menos conocidos de este proceso tiene que ver con las trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico interno.De acuerdo con Luis Fernando Moreno Sánchez, director de la Especialización en Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad Católica de Colombia, la Sentencia C-507 de 2023 de la Corte Constitucional extendió expresamente la reducción de la jornada laboral a este grupo de trabajadores.La decisión tuvo como fundamento el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece estándares internacionales para garantizar condiciones laborales dignas a quienes desempeñan labores domésticas.Según explicó el experto, la Corte encontró que existía una omisión legislativa al excluir a este sector de los beneficios derivados de la reducción de la jornada laboral.“La Corte concluyó que el tiempo en que los trabajadores domésticos permanecen disponibles para el empleador debe considerarse como horas de trabajo, pues no constituye tiempo libre”, señaló Moreno Sánchez.Puede interesarle: Vacantes de empleo para trabajar de forma remota en Colombia: estos son los requisitos La decisión resulta relevante porque tradicionalmente muchos trabajadores domésticos internos permanecen en la vivienda de sus empleadores durante gran parte del día, situación que generaba diferencias frente a otros trabajadores cubiertos por el Código Sustantivo del Trabajo.Como consecuencia de la decisión judicial, la jornada máxima semanal para quienes laboran en el servicio doméstico interno también comenzó a reducirse de manera proporcional.De acuerdo con la explicación entregada por la Universidad Católica de Colombia, la jornada máxima de este grupo pasó de 60 horas semanales a 52,5 horas, como parte del proceso de equiparación progresiva con el resto de trabajadores del país.Además, la Corte exhortó al Congreso de la República a avanzar en reformas que permitan igualar plenamente la jornada laboral de este sector con la de los demás trabajadores colombianos, en cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el país.La discusión tiene una importancia especial si se considera que el trabajo doméstico remunerado ha sido históricamente uno de los sectores con mayores desafíos en materia de formalización laboral y reconocimiento de derechos.La reducción definitiva a 42 horas semanales entrará en vigor el próximo 15 de julio de 2026, fecha en la que culminará el cronograma establecido por la Ley 2101 de 2021. Desde entonces, las empresas deberán ajustar sus horarios de trabajo para cumplir con el nuevo límite legal o, en caso de requerir tiempo adicional, reconocer las respectivas horas extras conforme a la legislación laboral vigente.También puede leer: El multimillonario asiático que entró en uno de los mayores proyectos de gas de LatinoaméricaLa normativa establece que esta reducción no puede traducirse en disminuciones salariales ni afectar prestaciones sociales, vacaciones, cesantías o cualquier otro derecho adquirido por los trabajadores.