El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la condena de cuatro años de prisión impuesta a un hombre por un delito de agresión sexual en la Sierra de Cádiz años atrás. La resolución, dictada en Granada por la Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal, ratifica íntegramente la sentencia que la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Jerez. El recurso del condenado se ha desestimado por completo.La víctima se encontraba en una zona de ocio donde coincidió con el autor condenado dentro de un grupo. El hombre propuso a la joven dar una vuelta en su vehículo La sentencia describe el detonante de irse ambos apartados como una forma de presión coactiva, por cómo se refirió el sentenciado.Según el relato que la Audiencia consideró probado, el acusado le fue quitando ropa y se produjo relación sin consentimiento. La joven no mostró alteración aparente ante el grupo cuando regresó, pero se lo contó a una amiga ante la que se derrumbó en el mismo lugar con el grupo inicial. Lo testimonió ante otra persona al día siguiente. La Sala destaca además la persistencia del relato: la víctima mantuvo en lo esencial la misma versión durante seis años, desde la denuncia inicial hasta el juicio.El TSJ, en contra de lo que pretendía la defensa, no aprecia motivo alguno para una acusación falsa, ni por la versión de la defensa ni de un testigo que contrapuso a la joven víctima.Además de los cuatro años de cárcel, el condenado tiene prohibido acercarse a la víctima y comunicarse con ella. Se le impone una inhabilitación de nueve años para cualquier actividad con contacto regular con menores, cinco años de libertad vigilada tras la prisión y una indemnización de apenas 3.000 euros. La sentencia aún puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.