El caso Begoña Gómez, en manos de tres jueces que ya anularon una decena de resoluciones de Peinado

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La Audiencia Provincial tiene que resolver en los próximos meses una decena de recursos, los últimos contra la apertura de juicio oral y la adopción de medidas cautelaresLa defensa de Begoña Gómez denuncia a Peinado ante el Poder Judicial por vulnerar su derecho de defensa El futuro judicial de Begoña Gómez y el de los otros dos investigados —su asistente de La Moncloa, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés— queda ahora en manos de la instancia que revisa las decisiones de los jueces de instrucción. En este caso, dependerá del juicio de los tres magistrados de la sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid encargados de resolver los recursos presentados contra la instrucción de Juan Carlos Peinado. Durante los más de dos años que dura la investigación, esos tres jueces han resuelto 20 recursos anulando una decena de resoluciones del juez. Este tribunal ha avalado una parte importante de las pesquisas de Peinado, pero también ha corregido algunos de sus excesos. Le ordenó cerrar varias líneas de investigación abiertas —como el rescate de Air Europa— por basarse en meras conjeturas, o levantar la imputación de cuatro investigados –el rector de la Complutense, un directivo del IE, el actual Delegado del Gobierno en Madrid y la secretaria general de Presidencia– o anular el registro que ordenó en el domicilio y las empresas del empresario Juan Carlos Barrabés cuando estaba ingresado en el hospital aquejado de una grave enfermedad. “No se puede obtener la verdad real a cualquier precio. No todo es lícito en el descubrimiento de la verdad. Solo aquello que es compatible con la defensa del elemento nuclear de los derechos fundamentales, así la dignidad, la intimidad, etcétera dentro de los parámetros fijados en la ley (…) La resolución no justifica los motivos que llevan a registrar el domicilio (…) tampoco se justifica la necesidad de que el registro se practique a la media hora de la firma del auto, y todo ello considerando que se limitan los derechos del investigado, quien se encontraba ingresado en el Hospital 12 de octubre, tampoco se comprende una medida tan extensa y desproporcionada a los fines de la instrucción (…) Son producto de un juicio de inferencia absolutamente ilógico y arbitrario”, le advirtieron ya entonces los magistrados de la Audiencia Provincial. El Tribunal Supremo rechazó con un portazo la exposición razonada donde Peinado pretendía la imputación del ministro de Justicia, Félix Bolaños: “No se aprecia ni un mínimo respaldo indiciario”. Entre la decena de recursos que estos magistrados tienen que resolver ahora están los que impugnan la decisión del juez de derivar el procedimiento por la vía del jurado popular, o su última decisión de abrir juicio oral por el procedimiento del jurado e imponer medidas cautelares a Begoña Gómez —retirada del pasaporte y comparecencias ante el juzgado dos veces al mes—. La motivación del juez para justificar el riesgo de fuga —que los policías que la escoltan diariamente o sus jefes superiores pueden ayudar a huir a la mujer del presidente— desencadenó una denuncia del ministro del Interior ante el Consejo General del Poder Judicial. Su presidenta, Isabel Perelló, propuso a la comisión permanente abrir expediente disciplinario al juez por estos hechos. Ese órgano debatirá hoy la propuesta. Las diligencias del caso Begoña Gómez arrancaron con una denuncia del pseudosindicato ultra Manos Limpias contra la esposa de Pedro Sánchez basándose en diversas informaciones de prensa sobre un supuesto tráfico de influencias, sin acreditar, más un bulo sobre una subvención pública a una empresa de la mujer del presidente. La investigación amagó con transformarse en macrocausa cuando Peinado llegó a investigar a Begoña Gómez por media docena de aspectos de su vida profesional desde que su marido fue elegido presidente del Gobierno. Desde sus másteres y su cátedra extraordinaria en la Universidad Complutense –con la que colaboraba desde 2012, antes de que Sánchez fuera siquiera líder del PSOE– hasta su puesto en el Africa Center del IE pasando por su relación con el empresario Juan Carlos Barrabés o su supuesta vinculación con el rescate de Air Europa a través de una supuesta amistad con su entonces consejero delegado Javier Hidalgo y Globalia. Muchas de estas ramificaciones fueron cerradas a golpe de auto por la Audiencia Provincial de Madrid. En el caso de Air Europa, hicieron falta varias resoluciones de este tribunal para que Peinado, a regañadientes, dejara de encargar informes a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil para saber si Begoña Gómez había presionado a su marido para rescatar esta aerolínea. También forzaron el cierre de la rama de la investigación que tenía que ver con el trabajo de Begoña Gómez para el IE, quedando entonces de manifiesto que Peinado había retorcido la declaración de Juan José Güemes, directivo del centro y exconsejero con Esperanza Aguirre, para buscar ilegalidades en la contratación de la pareja del presidente. “Fue la empresa la que quiso contar con los servicios de la señora Gómez”, dijo la Audiencia Provincial a Peinado. También fue archivada la parte de la causa que abrió Peinado contra el rector de la UCM, Joaquín Goyache, investigado por los dos masters y la cátedra extraordinaria que Begoña Gómez llegó a tener en esa universidad. La imputación, dijeron los jueces, “carece de fundamento” por la “ausencia de datos objetivos incriminatorios” contra él. Las reiteradas imputaciones de testigos por lo que habían dicho cuando estaban obligados a contestar y a decir la verdad también fueron cuestionadas por el tribunal supervisor. El juez Peinado llegó a citar a Pedro Sánchez como testigo y le tomó declaración en el Palacio de la Moncloa aunque la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite al presidente declarar por escrito “sobre los hechos de que tenga conocimiento por razón de su cargo”. Aunque Gómez estaba imputada por un delito de tráfico de influencias, que solo puede cometer porque su marido es presidente del Gobierno, el juez justificó su decisión en que quería interrogar a Sánchez sobre “cuestiones de las que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo” y logró interrogarle en un despacho de Moncloa, aunque sin ningún resultado. El presidente se acogió a su derecho a no declarar y, pese a ello, el juez Peinado facilitó el vídeo de ese testimonio fallido a las partes. La Audiencia Provincial se lo afeó: “Carecía de cualquier utilidad la entrega de dicha declaración, ya que en dicha diligencia el presidente del Gobierno se acogió a su derecho a no declarar, por lo que la entrega y publicación de dicho acto carecía de sentido, debiendo permitirse a las partes se instruyeran sin necesidad de entregar copia porque el citado contenido carecía de interés ya que solo contenía determinados formalismos”. La tormentosa instrucción llegó a provocar incluso que las acusaciones populares de ultraderecha pidieran al juez que motivara mejor sus autos para evitar que prosperaran los recursos de la defensa de Gómez y el resto de imputados. Hazte Oír, Vox o Manos Limpias, presentes en la causa, recurrieron en reforma tras la imputación de la asistente de Begoña Gómez con una censura insólita al juez instructor, exigiéndole que aportara “mayor argumentación, todo ello con el propósito de evitar riesgo innecesario de futuras nulidades que pudieran poner en peligro la progresión de la causa”. Peinado llegó a sancionar con una multa de 5.000 euros al abogado Antonio Camacho, defensor de Gómez, por hacer declaraciones a los periodistas a las puertas del juzgado. La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid revocó la sanción.