La absolución de un denunciado por su ex de abusar de su hija refleja «frases aprendidas»: «Mi madre me dijo que lo contase»

Wait 5 sec.

La Audiencia de Sevilla ha dictado una sentencia que absuelve a un varóndel presunto delito contra la libertad sexual que le atribuía su expareja con relación a la hija menor de edad común de ambos. El tribunal ha dictado así la absolución del acusado con el apoyo de la Fiscalía, mediante una resolución que invita quizá a una reflexión porque los magistrados señalan que la niña «repetía frases aprendidas» sobre los supuestos contactos sexuales de su padre con ella y que llegó a manifestar que su progenitora le «dijo que tenía que contar« tales aspectos. En concreto, se trata de una sentencia emitida el pasado 15 de junio por la Sección Séptima de la Audiencia. En ella, este tribunal conformado por dos magistradas y un juez declara probado que el acusado mantuvo una relación sentimental de una duración de unos 15 meses con la denunciante del asunto, fruto de lo cual en diciembre de 2014 nació una hija común de ambos. La relación finalizó cuando la bebé contaba unos ocho meses de vida, pactando ambas partes un régimen de custodia. En ese marco, según la sentencia, en julio de 2019 la madre de la menor denunció que su expareja habría realizado supuestos actos de índole sexual sobre la hija común de ambos, incluso con acceso carnal, a partir de «ciertas manifestaciones» de la menor con relación a su padre. No obstante, el tribunal considera que no ha quedado probado que aconteciesen tales actos de contenido sexual. Precisamente por ello, el tribunal absuelve al acusado del presunto delito contra la libertad sexual que le achacaba su expareja, una absolución que habían solicitado tanto su defensa como la Fiscalía. En ese sentido, el tribunal explica que la madre «formuló la denuncia a raíz de manifestaciones que su hija a su vez le habría hecho a la denunciante, aportando también distintas grabaciones en las que la menor contesta siempre a requerimientos reiterados de la madre, en un contexto que se desconoce tanto en lo relativo à la grabación en sí, como en cuanto a las circunstancias o contenido de posibles conversaciones mantenidas con la menor con carácter previo a dicha grabación». El tribunal ha tenido en cuenta además un informe del Programa de Evaluación y Tratamiento de Menores víctimas de Violencia Sexual, cuyas especialistas examinaron a la menor cuando tenía seis años y concluyeron «de manera contundente sobre la ausencia de relato, pues la menor no verbalizaba nada concreto, y literalmente, 'no tenía nada que contar', mostrándose reticente a hablar de todo»; sin que presentase tampoco «ninguna afectación que llevara a recomendar tratamiento, ni ninguna sintomatología significativa». Respecto a las manifestaciones verbales de la menor, estas especialistas explicaron según la sentencia que la niña «repite frases aprendidas y están fuera de contexto»; sin descartar que «en las verbalizaciones de la menor hayan influido terceras personas»; toda vez que el acusado negó haber tenido contactos sexuales con su hija, atribuyendo la denuncia de su expareja a los «celos» o a que él «se negó a que la denunciante cambiara unilateralmente a la menor de colegio por tercera vez». «La menor decía que recordaba cosas de cuando tenía un año e incluso de cuando estaba en la barriga de su madre, lo que es incompatible en términos de memoria infantil» precisaban las peritos, destacando respecto a dichas verbalizaciones que la niña llegó a decir «mi mamá me dijo que tenía que contarlo». Y es que pesan además los testimonios del tutor escolar de la niña y de una médico, respecto a que la menor les mencionó supuestas conductas sexuales de su padre con ella. Al respecto, el tribunal sólo concede «un alcance muy relativo a cualesquiera manifestaciones o verbalizaciones que en otros contextos o ante otras personas haya podido repetir la menor sobre las mismas o similares palabras o conductas de contenido sexual, como las relatadas por su tutor o la doctora, máxime teniendo en cuenta que las propias peritos relataron que la menor llegó a decirles: mi mamá me dijo que tenía que contarlo». Es por ello que el tribunal declara la absolución del acusado, considerando que no ha sido probado que este hombre cometiese actos sexuales con su hija; si bien su sentencia es susceptible de recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el TSJA.