El envío de cartas a través del correo postal tiene los días contados en nuestras gestiones con la administración pública. La Seguridad Social ha decidido dar un paso en su proceso de digitalización con la reciente publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Orden ISM/541/2026. Esta normativa actualiza las reglas vigentes desde hace cuatro años y traslada todo el peso de las comunicaciones al mundo digital comandado por nuestro teléfono móvil u ordenador.El organismo entiende que los ciudadanos en edad de trabajar cuenta con la experiencia y herramientas necesarias para desenvolverse bien a través de Internet. Al fin y al cabo, gestionar documentación usando solo nuestro número de teléfono es hoy una realidad y los portales administrativos permiten, por ejemplo, descargar el historial de cotización mediante una app. Con la nueva medida, los trabajadores de baja se equiparan a las empresas y autónomos en una obligatoriedad que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre.A quién afecta y cómo funciona el sistema de alertasLa obligación de recibir notificaciones de forma telemática no aplica a todos los ciudadanos. Se ha fijado concretamente para aquellas personas que soliciten o estén cobrando las siguientes prestaciones:Incapacidad temporal: lo que comúnmente conocemos como bajas médicas.Nacimiento y cuidado: permisos y prestaciones asociados a la maternidad o paternidad y al cuidado del menor.Embarazo y lactancia: prestaciones derivadas de riesgo durante estas etapas.Incapacidad permanente: prestaciones por lesiones permanentes (incapacitantes o no incapacitantes) derivadas de accidentes laborales. En caso de que formes parte de uno de estos grupos, la forma de comunicarte con la administración se basará en un sistema de alertas en la nube estructurado en varios pasos:Aviso previo: la Seguridad Social te enviará una notificación, un SMS o correo, al dispositivo que tengas registrado en su base de datos.Acceso mediante enlace: por seguridad, este primer aviso no contendrá la resolución. En su lugar, incluirá un enlace a la Sede Electrónica.El buzón oficial: deberás acceder a este entorno seguro mediante Cl@ve, DNIe o certificado digital, para visualizar la citación, el alta médica o el requerimiento de documentación.Atención a los plazos: dicho documento adquiere validez legal en cuanto ingresa en tu buzón electrónico. Si no accedes en 10 días, se considerará rechazado a efectos legales, incluso pudiendo derivar en la suspensión temporal de tu prestación.Excepciones y alternativas si no te manejas con la tecnologíaAunque la digitalización busca eliminar los retrasos del reparto de cartas, la normativa ha establecido una red de apoyo para evitar excluir a quienes carecen de destreza con estas herramientas.La Seguridad Social garantiza la asistencia presencial, por lo que cualquier ciudadano podrá acudir a un Centro de Atención e Información (CAISS, que puedes buscar en este enlace) para que un funcionario le preste soporte y le ayude a acceder y leer su notificación en la Sede Electrónica. En Xataka Móvil Con Mi Carpeta Ciudadana no hay formulario que se me resista: así lo uso para disponer de los datos del DNI y el pasaporte Asimismo, el papel no llega a desaparecer totalmente, sino que queda restringido a tres casos excepcionales en los que se seguirá usando el correo postal:Urgencia: cuando la inmediatez del trámite haga que la espera por la vía electrónica comprometa su eficacia.Carencia de datos de contacto: si la administración no dispone de un teléfono o correo electrónico para enviar la alerta previa (la que no contiene enlace), mandará la primera notificación en papel junto a un recordatorio para que facilites una vía digital.Petición expresa en ventanilla: podrás recibir el documento impreso si acudes a una oficina y solicitas que te lo entreguen en mano en ese mismo momento. Imagen de Américo Toledano para Wikimedia Commons La fecha señalada en rojo, septiembre de 2026, marcará un punto de inflexión en nuestra relación con la administración. Este periodo de transición nos da un margen generoso para que todos revisemos nuestros datos de contacto, obtengamos un sistema de identificación válido (Cl@ve o el certificado son muy cómodos) y nos familiaricemos con este buzón electrónico. Lo importante es que ningún requerimiento importante se pierda y ponga en riesgo nuestras prestaciones.Imagen destacada | Pepu Ricca para Xataka (con edición)En Xataka Móvil | Más allá de Mi Carpeta Ciudadana, estas son las mejores aplicaciones y webs para hacer trámites con la Administración (function() { window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {}; var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0]; if (_JS_MODULES.instagram) { var instagramScript = document.createElement('script'); instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js'; instagramScript.async = true; instagramScript.defer = true; headElement.appendChild(instagramScript); } })(); - La noticia Ojo si estás de baja médica: la Seguridad Social no te notificará fuera del móvil a partir de septiembre fue publicada originalmente en Xataka Móvil por Pepu Ricca .