Los bares del Jardín de las Cigarreras no podrán abrir hasta finales de 2027

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El Jardín de las Cigarreras ha sufrido un revés judicial que retrasará la puesta en marcha de la zona de ocio y restauración. La Sección Civil del Tribunal de Instancia de Sevilla (Plaza nº 8) ha ordenado paralizar cualquier operación de venta, cesión o alquiler sobre el denominado 'Edificio 2' destinado a salón de eventos y restaurante mirador, así como de los locales de uso gastronómico que están en el paseo fluvial. Esta medida cautelar frena en seco el acuerdo que la promotora había alcanzado con el grupo Ban Ban Corporate para la explotación de los espacios, y bloquea el desarrollo comercial del recinto hasta que se resuelva el litigio principal. Con el juicio señalado para junio de 2027, el horizonte más optimista para la apertura de estos negocios se desplaza ya a finales de ese mismo año. El auto dictado por el magistrado Juan García Moriyón, fechado el 30 de octubre de 2026 , estima íntegramente las medidas cautelares solicitadas por la entidad Arttyneu S.L., mercantil integrada en el Grupo Arttysur. La orden judicial es taxativa: prohíbe de manera expresa a la concesionaria demandada, Jardín de las Cigarreras S.L., ceder su explotación económica hasta que recaiga una sentencia firme sobre el fondo del litigio. El pronunciamiento no se queda en una mera declaración patrimonial preventiva. El juzgado impone a la empresa promotora la obligación directa de abstenerse de formalizar, elevar a escritura pública o ejecutar el acuerdo suscrito con Ban Ban Corporate, así como con cualquier otra empresa. La resolución incluye además la orden de no hacer entrega de llaves de esa parte de las instalaciones a ningún operador. Las raíces de este conflicto hunden sus cimientos en un acuerdo contractual suscrito hace ya más de siete años. El 17 de julio de 2019, en pleno diseño urbanístico del complejo, Arttyneu formalizó con la sociedad Jardín de las Cigarreras la adquisición de los espacios del 'Edificio 2' y los locales junto al río por un precio pactado de 4,5 millones de euros más IVA. Para consolidar aquella adquisición sobre la concesión portuaria, la compradora desembolsó 816.750 euros como pago a cuenta y procedió a consignar ante notario una suma idéntica de 816.750 euros a disposición de la promotora, condicionada a la aportación de los preceptivos avales bancarios que garantizaran el buen fin de las cantidades. Sin embargo, el proyecto fue acumulando dilaciones. Según los hechos expuestos en sede judicial por el abogado de Arttyneu, Lucas Fernández de Bobadilla, la promotora nunca llegó a presentar el certificado final de obra correspondiente ante la Gerencia Municipal de Urbanismo, retuvo las sumas abonadas sin entregar las garantías pactadas y eludió tramitar ante la Autoridad Portuaria de Sevilla la formalización de la segregación y cesión efectiva del título concesional. La tensión comercial derivó en ruptura abierta en febrero de 2023, momento en que Jardín de las Cigarreras comunicó su intención de resolver unilateralmente el contrato. Frente a ello, Arttyneu acudió a la vía judicial el 16 de marzo de 2023 con una demanda en la que exigía el estricto cumplimiento del contrato, o de manera subsidiaria, una indemnización por daños y perjuicios de 17,9 millones de euros. El procedimiento avanzaba con relativa lentitud procesal hasta que el pasado mes de octubre el escenario dio un vuelco drástico. Según el letrado, Arttyneu tuvo conocimiento documental, a través de una notificación del secretario general de la Autoridad Portuaria de Sevilla con fecha 6 de octubre de 2026, de que la institución portuaria había autorizado una solicitud de Jardín de las Cigarreras para alquilar por un plazo de 17 años los locales del complejo a una tercera sociedad: Ban Ban Corporate S.L. por 9 millones de euros. La promotora intentó neutralizar la petición de medidas cautelares alegando que Arttyneu actuaba fuera de plazo tras cuatro años de litigio y sin pruebas de peso. Sostenía la defensa que la segregación había sido denegada previamente en julio y que la notificación remitida por burofax a Ban Ban ya desactivaba cualquier riesgo procesal al impedir que el nuevo inquilino alegara buena fe. El juez, sin embargo, ha rechazado tales objeciones apoyándose en la propia documentación remitida por el Puerto, donde consta el borrador de contrato de arrendamiento y el reglamento de régimen interior destinado a la explotación de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento con cocina. De esta forma, el auto concluye que la entrada en juego de Ban Ban provoca que la amenaza de dejar vacía de contenido una sentencia favorable «pasa de ser hipotético a ser inminente, pasa de lo posible a lo probable». De no acordarse el cierre cautelar, advierte el juez, quedarían absolutamente frustradas las expectativas comerciales de quien compró las instalaciones en primer término. A la hora de calibrar el peligro de la demora procesal, el juzgado ha evaluado el riesgo económico que corre el comprador inicial como para cuantificar la garantía judicial. A la vista de esa opacidad y valorando el desembolso económico que Arttyneu ejecutó en 2019, el instructor ha considerado proporcionada la cantidad de 50.000 euros fijada en concepto de caución para ejecutar el bloqueo, imponiendo además las costas de la pieza a la promotora. La resolución congela el negocio hostelero previsto para este tramo del río y marca un calendario dilatado, salvo que fructifiquen los recursos que podría elevar el Jardín de las Cigarreras. El juicio principal no tendrá lugar hasta junio de 2027, por lo que, computando el dictado de la sentencia y los eventuales plazos de ejecución o recursos, ningún local de ocio podrá abrir sus puertas al público antes de los últimos meses de ese año. El letrado director de Arttyneu y socio de MA Abogados, Lucas Fernández de Bobadilla, subraya la trascendencia de la decisión judicial: «El juzgado ha impedido que el objeto del pleito desaparezca antes del juicio. Nuestro cliente pagó por estos locales hace años y lo único que pedía era que nadie pudiera quedárselos mientras se decide quién tiene razón. El auto lo garantiza y deja claro que cualquier intento de entregar el 'Edificio 2' a un tercero tendría consecuencias penales». Contra la resolución del Tribunal de Instancia cabe aún recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que presentará la promotora Jardín de las Cigarreras S.L. en los próximos días, según han señalado fuentes de la sociedad a ABC. Estas mismas fuentes añaden que el litigio sobre la titularidad de la zona de ocio y gastronomía que debe resolver el juzgado en 2027 afecta sólo a un 10% del complejo. Mientras tanto, el complejo se encuentra totalmente acabado, salvo en el interior de los edificios. El jardín, el parking y el paseo fluvial están listos a falta de pequeños detalles. En el caso del inmueble principal, situado junto al Mercantil, está acabado, con todas las instalaciones preparadas, a falta de cerrar un acuerdo de explotación con una o varias empresas, que tendrían que adecuar su interior. Lo mismo ocurre con el edificio en forma de seta y los locales gastronómicos sobre los que ahora pesa un candado.