La empresa editora de OkDiario, Dos Mil Palabras SL, pagó 242.000 euros por la defensa de Koldo García mientras el digital publicaba por entregas una larga entrevista con el exasesor de José Luis Ábalos. La ética profesional tiene un nombre para esa práctica, periodismo de chequera, y los principales códigos deontológicos de España, Europa y Estados Unidos la rechazan, aunque la falta de regulación del periodismo en España hace que un comportamiento como este no conlleve sanción alguna.Los hechos constan en los documentos que la defensa de la abogada Leticia de la Hoz aportó al caso Leire. IDBO Consultants, la consultora para la que trabaja, facturó a la editora 181.500 euros el 27 de noviembre de 2025 en concepto de asesoramiento jurídico y procedimientos de Koldo García.Ese mismo día, el digital publicó el vídeo en el que el exasesor preparaba la maleta con la que ingresó en Soto del Real y empezó a difundir la entrevista que le hizo Eduardo Inda, fundador y director de OkDiario. El 23 de enero de 2026 llegó una segunda transferencia, esta vez de 60.500 euros.García estaba entonces en prisión preventiva, a la espera de juicio en el Tribunal Supremo. En aquellas entregas lanzó acusaciones contra el entorno del presidente del Gobierno, entre ellas sobre la financiación de las primarias de Pedro Sánchez y sobre un supuesto hallazgo de armas en la sede socialista de Ferraz. Muchas de ellas se han demostrado después falsas, engañosas o no acreditadas en las investigaciones judiciales. El Supremo lo condenó en junio de 2026 a 19 años y ocho meses de prisión.La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) aprobó en mayo de 2026, en su asamblea de Santiago de Compostela, un nuevo código deontológico. Su criterio 4 obliga a utilizar métodos lícitos y dignos para obtener información y establece que el pago a las fuentes “contraviene la buena práctica periodística”.El mismo criterio considera inadmisible ese pago en dos supuestos, cuando ponga en riesgo el principio de veracidad y cuando pueda interferir en la acción de la justicia. La redacción es idéntica a la del código del Col·legi de Periodistes de Catalunya, que ya incluía esa norma antes de su última actualización, aprobada en noviembre de 2025 con el apoyo del 95,9% de los colegiados que votaron.El caso de García reúne los dos supuestos, porque el dinero de la editora financiaba la defensa de un acusado en prisión preventiva en el mismo proceso sobre el que ese acusado hablaba en sus páginas.El código del Colexio Profesional de Xornalistas de Galicia, aprobado en 2008, es escueto, pero aún más contundente. Su criterio 4 dice, sin admitir excepciones: “Comprar información es contrario a la ética periodística”.Los pagos del digital de Inda se hicieron antes de que se aprobara el nuevo código de la FAPE. El texto vigente entonces no se refería a ellos de forma expresa, aunque exigía “métodos dignos” y excluía los procedimientos ilícitos. Pero la Federación ha acabado por poner por escrito una regla que la profesión ya aplicaba.Que el dinero fuera a una consultora y no al propio García no altera el análisis, ni en España ni en otros países. En su cláusula sobre pagos a delincuentes, el código británico prohíbe los pagos hechos directamente o a través de intermediarios. La Sociedad de Periodistas Profesionales de Estados Unidos (SPJ, por sus siglas en inglés) ha criticado durante años las recompensas en especie, como los vuelos privados ofrecidos a cambio de una exclusiva.Sufragar una defensa penal de 242.000 euros supone un beneficio económico directo para el entrevistado. Para los códigos, lo relevante es la ventaja que recibe la fuente, no la cuenta en la que entra el dinero.El propio digital ha respondido con la publicación de un contrato que firmó con García el 26 de noviembre de 2025, la víspera del primer pago. Según ese documento, la editora adquiría en exclusiva sus derechos de imagen y explotación para un libro y una docuserie, incluidas sus intervenciones en las entrevistas. Esa versión tampoco altera el análisis, porque describe igualmente un pago a la fuente.Tampoco cambia nada que pagara la empresa y no un periodista. El preámbulo del código de la FAPE extiende sus valores a los editores y a las empresas de comunicación, a las que exige transparencia sobre su titularidad y un compromiso deontológico propio.Ese mismo preámbulo vincula la independencia a la transparencia y obliga a aclarar los conflictos de intereses y a evitar la instrumentalización. El criterio 7 añade que los profesionales deben evitar cualquier conflicto de intereses, ya sea político, comercial, económico, financiero o familiar, que ponga en cuestión su credibilidad e imparcialidad. La relación económica entre la editora y el entrevistado se ha conocido a través de los documentos aportados al caso Leire.En el Reino Unido, el Editors’ Code que aplica el regulador de prensa IPSO dedica dos cláusulas a estos pagos. La 15 prohíbe pagar a testigos una vez abierto un proceso penal y obliga a comunicar a la acusación y a la defensa cualquier pago a quien acabe declarando.La cláusula 16 veta los pagos a delincuentes condenados o confesos y a su entorno, y solo admite una excepción si el editor demuestra un interés público. Si ese interés no aparece después de pagar, el material no se publica. García no era testigo ni estaba condenado cuando la editora pagó a su abogada, pero el código británico muestra que el dinero en torno a un proceso penal es el más vigilado.El Pressekodex alemán añade otra objeción. Su directriz 1.1 impide que los contratos de exclusiva con un informante limiten la información sobre asuntos esenciales para la opinión pública. Durante meses, OkDiario se convirtió en el portavoz oficioso del exasesor.La Resolución 1.003 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, de 1993, sigue siendo la referencia continental. Su apartado 25 establece que en el periodismo “el fin no justifica los medios” y que la información debe obtenerse por medios legales y morales. La Carta Mundial de Ética de la Federación Internacional de Periodistas, aprobada en 2019, exige métodos leales y prohíbe usar la libertad de prensa al servicio de otros intereses.En Estados Unidos, la norma es aún más directa. La SPJ endureció su código en 2014, cuando pasó de pedir que se evitara pujar por noticias a prohibir el pago por el acceso a ellas. Su revisión de 2026, aprobada por el 93% de los socios que votaron, formula la regla sin matices: “No pagar a las fuentes a cambio de entrevistas o de información”.The New York Times, un referente mundial de la prensa de calidad, aplica la misma regla. Su política ética descarta pagar por entrevistas o documentos porque eso daría a las fuentes un incentivo para falsearlos.Todos esos textos protegen lo mismo. Una fuente que depende económicamente de un medio tiene incentivos para contar lo que ese medio quiere oír, y el lector no puede valorar su testimonio si desconoce esa dependencia.Por eso los códigos no exigen probar que hubo un intercambio de dinero por declaraciones. Basta con que el pago ponga en riesgo la veracidad o la acción de la justicia. En el caso de García, el entrevistado lanzaba acusaciones contra terceros mientras el medio que las publicaba pagaba su defensa.El propio exasesor describió ese riesgo ante el Supremo el 6 de mayo de 2026, aunque sin identificar a los medios a los que se refería. “A mí se me ofreció que se me iba a quedar esto en nada si decía o me metía con el Gobierno. Hay dos medios de comunicación que se reunieron conmigo, y lo que estoy diciendo lo puedo demostrar, para que mienta y engañe a todos los españoles”, dijo en su alegato final.Aquella intervención duró 13 minutos, y en ella García también afirmó que el abogado del PP le había ofrecido colaborar.