Aclaran si el próximo año se mantendrá el auxilio funerario de Colpensiones: la Corte Constitucional tomó una importante decisión

Wait 5 sec.

Imagen: Generada con IA de GeminiEl auxilio funerario de Colpensiones es una de las prestaciones económicas más importantes para los cotizantes y pensionados del fondo público.Tras el pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre la reforma al sistema pensional, algunos pilares y derechos adquiridos se mantienen tanto para los cotizantes como para quienes se pensionen bajo la nueva ley.Foto: Valora AnalitikLa norma establece que el auxilio funerario de Colpensiones se conservará el próximo año, con la entrada en vigor de la nueva ley. Esta prestación económica estará destinada a la persona que demuestre haber sufragado los gastos de entierro o cremación de un afiliado o pensionado.La norma indica que las condiciones y los montos se mantienen tal como están establecidos en la Ley 100, por lo que el valor asignado equivale a los gastos efectivamente realizados y debidamente comprobados.¿Cuál será el monto del auxilio funerario de Colpensiones con la reforma?La ley establece un límite mínimo equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente y un límite máximo de 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.Tras la entrada en vigor de la reforma pensional, Colpensiones asumirá directamente la cobertura de este pago para sus afiliados y los integrantes del Pilar Contributivo. Quien solicite la compensación deberá presentar y validar las facturas originales de la funeraria y la documentación que acredite el fallecimiento.Traslados a Colpensiones con la reforma pensional. Imagen: Tomada de cuenta en X de ColpensionesRecomendado: Diego Urrego es elegido como nuevo presidente encargado de ColpensionesFinalmente, el auxilio funerario de Colpensiones mantendrá los requisitos para acreditar el pago. Entre ellos estará la verificación de que, al momento del fallecimiento, la persona tenía la condición de afiliado activo o pensionado.