La lista de candidatos a jurado popular de Sevilla para los próximos dos años ya está publicada. El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha difundido este martes 20 de octubre la relación provisional correspondiente al bienio 2027-2028. Los ciudadanos pueden consultar el documento para comprobar si figuran entre las personas que podrían ser llamadas para formar parte de un tribunal del jurado. La inclusión en la lista de candidatos a jurado popular se realiza mediante un sorteo público a partir del censo electoral de cada provincia. Por tanto, no es necesario inscribirse ni presentar una solicitud para participar. El procedimiento permite seleccionar a los ciudadanos que pueden ser llamados para ejercer esta función durante el periodo correspondiente. El sorteo se celebra cada dos años y la lista provisional abre un periodo para presentar reclamaciones por las causas previstas en la ley. Tras este trámite, se establece la relación definitiva de candidatos. La inclusión en ella tampoco supone una designación automática para participar en un juicio concreto. La relación provisional está disponible en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del martes 20 de octubre de 2026. El anuncio corresponde a la Audiencia Provincial de Sevilla y recoge los candidatos a jurado popular para los años 2027 y 2028. La publicación incluye los datos personales de los candidatos y sus DNI parcialmente ocultos . Este último dato aparece anonimizado, de forma que solo son visibles los cuatro dígitos centrales del documento nacional de identidad. Para verificar si figuras entre los candidatos, accede al anuncio oficial del BOP y revisa los datos publicados. El listado permite consultar el número de orden, los apellidos, el nombre y los cuatro dígitos centrales del DNI . Contrastar esta información facilita comprobar si apareces en la relación provisional. En primer término, hay que buscar el listado correspondiente al municipio en el que estés censado o censada. Posteriormente, localiza tus apellidos, que están ordenados alfabéticamente, y confirma tu identidad con los cuatro números centrales de tu DNI que figuran en la última columna. Si tus datos aparecen en la lista provisional, debes tener en cuenta que todavía no has sido designado para un juicio. La publicación recoge a los posibles candidatos para el bienio 2027-2028 . La selección para cada procedimiento se realiza posteriormente y puede dar lugar a una citación oficial. La Ley Orgánica del Tribunal del Jurado contempla un plazo de reclamación contra la inclusión indebida en la lista. Este periodo comprende los quince primeros días de noviembre. Estos son los principales motivos que pueden impedir ejercer como jurado o permitir que un ciudadano solicite su exclusión de la lista: Si consideras que concurre una causa legal de exclusión, conviene consultar el anuncio y la normativa aplicable para conocer cómo presentar la reclamación. En cualquier caso, aparecer en la lista no implica que debas acudir inmediatamente a un juzgado . Los ciudadanos que ejercen como jurados tienen derecho a una retribución por cada día de participación , además de las indemnizaciones por los gastos que correspondan. La cuantía prevista en la normativa reguladora es de 67 euros por día . No se trata de un sueldo mensual, sino de una compensación vinculada al desempeño de esta función. La cantidad total depende de la duración del juicio y de los gastos que proceda cubrir. Por ejemplo, cinco días de participación equivalen a 335 euros de retribución básica. Además, los candidatos convocados que finalmente no resulten elegidos tienen derecho a una compensación única de 33,50 euros , conforme a la normativa aplicable. Por tanto, el pago depende de la participación efectiva en el proceso de selección o en el tribunal.