Si compraste un móvil, un portátil o una tele nueva a una tienda o a una empresa en España, tienes tres años de garantía legal desde la entrega. Durante los dos primeros se presume que el fallo venía de fábrica y es el vendedor quien tiene que demostrar lo contrario. Esta guía explica qué entra, qué se queda fuera, a quién reclamar y qué hacer si la tienda te da largas.Todo esto está en los artículos 114 a 127 bis del Real Decreto Legislativo 1/2007, la ley de consumidores, en la versión que se aplica desde el 1 de enero de 2022. Como reconoce el Real Decreto-ley 7/2021 que la introdujo, supera los mínimos de la directiva europea: dos años de garantía y uno de presunción. El problema es que mucha gente sigue confundiendo la garantía legal con la «garantía del fabricante».¿Qué cubre exactamente la garantía legal?Cubre cualquier «falta de conformidad» que exista en el momento de la entrega y se manifieste en los tres años siguientes. Dicho de forma sencilla: el aparato tiene que ser como se anunció, servir para lo que sirven los de su tipo y tener la calidad y durabilidad que cabe esperar razonablemente.El artículo 115 ter añade un detalle que importa mucho en electrónica: la conformidad incluye las actualizaciones, también las de seguridad, necesarias para que el aparato siga funcionando como debe. Si un móvil viene con la promesa de actualizaciones durante menos de tres años, la responsabilidad del vendedor se mantiene en todo caso tres años desde la entrega. Otra razón para no dejarlas pendientes: aquí explicamos por qué ignorar las actualizaciones de software es la peor decisión de seguridad. Además, si no instalas una actualización que el vendedor te ofreció y te explicó, la ley le libra de responder por el fallo que cause esa falta de actualización.También entra la mala instalación, siempre que la hiciera el vendedor o se debiera a unas instrucciones defectuosas.¿Qué no cubre?No cubre los daños por mal uso o por golpes, y tampoco se aplica a las compras entre particulares. Si se te cae el móvil y se rompe la pantalla, la garantía legal no tiene nada que decir. Si la pantalla deja de responder sola a los ocho meses, sí.Hay más límites que conviene conocer:Segunda mano comprada a un profesional: la ley permite pactar un plazo menor, pero nunca inferior a un año. Puede ser el caso de los reacondicionados que se venden como segunda mano. Antes de comprar uno, revisa cómo comprar tecnología reacondicionada sin llevarte un susto y mira qué plazo figura en el contrato.Compras entre particulares: no se aplica esta garantía. La Comunidad de Madrid recuerda que en ese caso el vendedor solo responde de los defectos ocultos durante seis meses, según el Código Civil.Contenidos digitales comprados de una vez, como una aplicación de pago o un videojuego descargable: el plazo es de dos años, no de tres.¿A quién reclamo: a la tienda o al fabricante?A la tienda, es decir, a quien te vendió el aparato. El artículo 117 dice que responde el empresario que te lo vendió, y basta una «simple declaración» para exigirle que lo arregle. Al fabricante solo puedes ir directamente, según el artículo 125, cuando dirigirte al vendedor te resulte imposible o te suponga una carga excesiva: por ejemplo, porque ha cerrado.La tienda puede mandarlo al servicio técnico de la marca, pero la obligación sigue siendo suya.Lo que puedes pedir sigue un orden fijado por la ley:Reparación o sustitución, a tu elección, salvo que una de las dos sea imposible o desproporcionada para el vendedor. Las dos son gratuitas, incluidos el envío, la mano de obra y los materiales, y deben hacerse en un plazo razonable.Mientras dura la reparación, el plazo de la garantía se detiene. Una vez que te devuelven el aparato arreglado, el vendedor responde durante un año más de ese mismo fallo, y si se repite se presume que es el mismo problema.Si la reparación no llega, no funciona o el defecto vuelve, puedes pedir una rebaja del precio o resolver el contrato (devolver el aparato y recuperar el dinero). El reembolso debe hacerse en un máximo de 14 días y por el mismo medio de pago.Al dejar el aparato, pide un justificante con la fecha y el fallo: el artículo 123 obliga a dártelo y prueba que el plazo quedó suspendido.¿Qué cambia después del segundo año?Cambia quién tiene que demostrar el defecto. El artículo 121 establece que durante los dos primeros años se presume que el fallo ya existía al entregarte el aparato. En el tercer año la garantía sigue en vigor, pero eres tú quien tiene que demostrar que el defecto era de origen y no fruto del uso.La Comunidad de Madrid advierte de que, pasado ese plazo, la empresa puede aceptar reparar pero no pagar desplazamiento ni mano de obra, salvo que demuestres que el fallo era de origen.Hay otro plazo que no tiene nada que ver con la garantía y que conviene no confundir: el artículo 127 bis obliga al productor a mantener servicio técnico y repuestos durante al menos diez años desde que deja de fabricar el producto, y prohíbe inflar el precio de las piezas en las reparaciones. Esto no significa que la reparación sea gratis, pero sí que existe la posibilidad de reparar. Si al final el aparato no tiene arreglo, aquí tienes cómo reciclar de forma responsable el móvil, el portátil o la tablet que ya no usas.Garantía comercial, hoja de reclamaciones y arbitrajeLa garantía comercial es la voluntaria del fabricante o la tienda. Según el artículo 127, obliga en las condiciones anunciadas, pero se suma a la legal y su declaración debe decir que esta sigue intacta. Si te venden una «ampliación» para el segundo o el tercer año, comprueba qué añade de verdad.Si la tienda se niega, el camino es este: hoja de reclamaciones, oficina municipal de consumo o el organismo de consumo de tu comunidad. Si la empresa está adherida, también puedes acudir al Sistema Arbitral de Consumo. Según el Real Decreto 231/2008, es gratuito, el laudo es vinculante y ejecutivo para ambas partes y debe dictarse en 90 días naturales desde que el expediente está completo. Tiene una limitación: la empresa tiene que aceptar el arbitraje, por eso conviene comprobar antes de comprar si muestra el distintivo de adhesión.Tienes tiempo para todo esto: la acción para reclamar prescribe a los cinco años desde que aparece el fallo (artículo 124).Creo que el gran avance de la reforma de 2022 no fue añadir un año al plazo, sino incluir las actualizaciones dentro de la garantía. Un móvil que deja de recibir parches de seguridad no se estropea de golpe, pero va dejando de ser lo que te vendieron, y la ley ya lo trata así.El punto débil es el tercer año: la prueba pasa al consumidor, y pocos pagarán un peritaje por un portátil de 600 euros. Mi consejo es guardar la factura, pedir siempre el justificante del servicio técnico y no dejar para el mes 25 un fallo que empezó en el mes 20.La noticia La garantía de 3 años en electrónica: qué cubre, qué no y a quién reclamar fue publicada originalmente en Wwwhatsnew.com por Natalia Polo.