¿De quién es una imagen o un texto creado con IA? Los derechos de autor, explicados

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Si generas imágenes o textos con IA y quieres saber si son tuyos, si puedes protegerlos o si otro puede copiarlos, esta guía te da el mapa. La regla que se repite en Estados Unidos y en la ley española es la misma: el autor tiene que ser una persona. Lo que sale solo de una instrucción a la máquina difícilmente está protegido; lo que tú aportas, seleccionas o modificas, sí puede estarlo. Es una guía divulgativa, no asesoramiento jurídico: para un caso concreto, consulta con un abogado especializado en propiedad intelectual.Stephen Thaler creó un sistema de IA al que llamó Creativity Machine. El sistema generó una imagen, A Recent Entrance to Paradise, y Thaler pidió registrarla en la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos con la máquina como única autora y él como propietario. La Oficina lo denegó, un juzgado federal le dio la razón y el Tribunal de Apelaciones del Distrito de Columbia confirmó la negativa el 18 de marzo de 2025.El caso ya es firme: según el registro del Tribunal Supremo de Estados Unidos, el alto tribunal rechazó estudiar el recurso el 2 de marzo de 2026.¿Puede una IA ser autora de una obra?No. Ni en Estados Unidos ni en España. La sentencia de apelación del caso Thaler contra Perlmutter concluye que la ley de derechos de autor de 1976 exige que toda obra protegible tenga, «en primera instancia», un autor humano, y que la Creativity Machine no puede serlo.El matiz importante está en la misma resolución: el requisito de autoría humana «no prohíbe» proteger obras hechas por una persona o «con la ayuda» de la IA. Lo que exige es que el autor sea quien crea, maneja o usa la herramienta, no la herramienta. El tribunal no entró a valorar si Thaler podía ser autor por haber creado y usado su máquina, porque no lo había planteado ante la Oficina a tiempo.En España, la Ley de Propiedad Intelectual es igual de clara en su artículo 5: «Se considera autor a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica». El artículo 1 atribuye la propiedad intelectual al autor «por el solo hecho de su creación», y el artículo 10 protege las «creaciones originales». Una empresa puede beneficiarse de esa protección, pero solo en los casos que la ley prevé expresamente.Mi lectura es que, con este texto, una imagen generada íntegramente por una máquina no tiene en España un autor en sentido legal. Es una interpretación de la ley, no una doctrina fijada por los tribunales españoles para la IA generativa.¿Basta con escribir el prompt para ser autor?Según el criterio más detallado publicado hasta ahora, no. En enero de 2025, la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos publicó la segunda parte de su informe sobre derechos de autor e IA, dedicada justo a esta pregunta, tras recibir más de 10.000 comentarios públicos, de los que aproximadamente la mitad trataban la protección de los resultados.Sus conclusiones, en resumen:Usar la IA como herramienta para ayudar, no para sustituir, la creatividad humana no impide la protección.El material generado solo por IA, o en el que la persona no controla suficientemente los elementos expresivos, no está protegido.Con la tecnología disponible hoy, las instrucciones por sí solas no dan control suficiente.Sí se protege la obra humana que se percibe en el resultado (por ejemplo, un dibujo tuyo que la IA transforma), la selección, coordinación o disposición creativa del material y las modificaciones creativas que hagas después.Se decide caso por caso, y la Oficina no ve justificado crear un derecho nuevo para el contenido generado por IA.El propio informe cita un precedente que lo ilustra: en 2023, la Oficina mantuvo el registro de un cómic, Zarya of the Dawn, para el texto escrito por una persona y para la selección y disposición de textos e imágenes, pero no para las imágenes generadas con Midjourney.Traducido a la práctica: si generas una ilustración con Nano Banana 2, el generador de imágenes de Gemini, y la publicas tal cual, tu posición para reclamar derechos sobre ella es débil. Si la usas como pieza de una obra que tú compones, retocas y ordenas, lo que es tuyo es esa aportación. Es la misma pregunta que surge cuando una producción profesional recurre a la IA para partes concretas, como contamos en cómo se crearon con IA generativa las escenas más complejas del videoclip de Quevedo.¿Qué dicen las condiciones de uso de las herramientas?Que la empresa no se lo queda, que no es lo mismo que decir que la ley te lo reconoce. Los Términos del Servicio de Google, en vigor desde el 30 de julio de 2026, lo formulan así: «Algunos de nuestros servicios te permiten generar contenido original. Google no reclamará la propiedad de ese contenido».Fíjate en el verbo. Una empresa puede renunciar a reclamar algo, pero no puede darte un derecho de autor que la ley no reconoce a lo generado sin intervención humana. Las condiciones regulan tu relación con el proveedor; quién es autor lo decide la ley de cada país.Las condiciones también ponen límites a lo que haces con el resultado. Las de Google, por ejemplo, prohíben usar sus servicios para infringir derechos de propiedad intelectual o de privacidad de terceros, y usar el contenido generado por su IA para desarrollar modelos de aprendizaje automático. Antes de usar una imagen o un texto generado en un proyecto comercial, lee las condiciones de la herramienta concreta, porque cambian entre servicios y entre versiones.Si quieres reforzar tu posición sobre un trabajo hecho con IA, la lógica del informe estadounidense da una pista útil: guarda pruebas de lo que aportas tú. Bocetos propios, versiones intermedias, la selección que hiciste entre decenas de resultados y los retoques posteriores son lo que puede convertir un resultado de máquina en una obra con autor.Creo que la postura de fondo es sensata y que durará más que cualquier herramienta concreta: proteger lo que es fruto de una decisión humana y dejar en el dominio común lo que produce una máquina sin ella. Lo discutible es dónde se traza la línea cuando alguien itera cien veces una instrucción hasta conseguir lo que imaginaba. Hoy la respuesta oficial es que eso no basta, y para el usuario medio la consecuencia práctica es clara: lo que generas y publicas sin tocar puede usarlo cualquiera.La noticia ¿De quién es una imagen o un texto creado con IA? Los derechos de autor, explicados fue publicada originalmente en Wwwhatsnew.com por Natalia Polo.