Imagen: Generada con IA de GeminiA pesar de que el gobierno De la Espriella, Asofondos y la propia Colpensiones alertaron sobre un faltante de casi $4,5 billones para pagar las mesadas de noviembre y diciembre, la Constitución garantiza el pago a los jubilados.Los artículos 48 y 53 establecen las obligaciones directas del Estado de garantizar tanto el desembolso oportuno como el mantenimiento del poder adquisitivo de los recursos destinados a este rubro.Imagen: Generada con IA de GeminiEn el caso puntual de Colpensiones, el artículo 48 dispone que el Estado debe velar por la sostenibilidad financiera del sistema pensional y responsabilizarse del pago de la deuda que le corresponda por ley.Asimismo, establece que el monto de cualquier pensión reconocida no podrá ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV), lo que fija un piso de protección social para los beneficiarios.Más protecciones para las mesadas de ColpensionesEste apartado de la Constitución resalta la prohibición expresa de congelar, reducir o dejar de pagar las mesadas reconocidas formalmente, salvo por descuentos, deducciones o embargos legalmente autorizados.Por otro lado, las pensiones de Colpensiones están protegidas por el artículo 53 de la Constitución, que consagra como derecho fundamental el pago oportuno de las pensiones legales por parte del Estado.Imagen: Generada con IA de GeminiRecomendado: Contraloría alerta por un billonario hueco para pagar las mesadas de Colpensiones a fin de añoEste mismo apartado de la Constitución establece la obligación de reajustar periódicamente las mesadas pensionales. La medida busca contrarrestar el impacto de la inflación y evitar la pérdida del poder adquisitivo de los pensionados.