De la Espriella prepara cambios de fondo para la producción y venta de productos orgánicos en Colombia

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Ministerio Agricultura. Foto: MinAgricultura. El Ministerio de Agricultura publicó un borrador de resolución con el que propone adoptar un nuevo reglamento para la producción y comercialización de productos orgánicos.La propuesta busca establecer reglas para la producción, recolección, transformación, certificación, comercialización, importación, exportación, etiquetado, vigilancia y control de estos productos.En otras palabras, no es simplemente una actualización de algunos requisitos, se propone reconstruir las reglas bajo las cuales un producto puede ser certificado y vendido como orgánico en Colombia.El reglamento incluye 10 categorías: productos agrícolas y semillas, hongos, productos no maderables del bosque, animales y acuicultura, alimentos para animales, alimentos procesados, bebidas alcohólicas, cosméticos, fibras textiles y algas.Esto es importante porque el concepto de producción orgánica deja de estar concentrado únicamente en la producción agropecuaria primaria y establece requisitos también para procesamiento, alimentos, cosméticos, textiles, bebidas y algas.Un sistema mucho más fuerte de trazabilidadEl productor u operador tendrá que poder demostrar de dónde salió el producto, cuánto produjo, cuánto vendió, a quién lo vendió y hacia qué mercado terminó.El reglamento exige registros durante mínimo cinco años y contempla información sobre parcelas, semillas, tratamientos, cosechas, insumos, ventas, procesamiento, almacenamiento y transporte.Además, se crean códigos específicos:CUOO: Código Único de Operador Orgánico.CPO: Código de Producto Orgánico.CPOF: Código de Producto Orgánico Final.La trazabilidad debe permitir reconstruir el historial del producto y hacer un balance de masas, es decir, comprobar que las cantidades producidas, procesadas, comercializadas y exportadas sean coherentes.Agro en Colombia. Imagen: Cortesía UPRA.Para el sector esto significa más obligaciones documentales y controles, pero también una herramienta para detectar mezclas, sustituciones o productos que se comercialicen como orgánicos sin serlo.Por otro lado, el borrador permite que un operador tenga producción orgánica y convencional simultáneamente, siempre que existan mecanismos de separación y control. Incluso define específicamente la producción paralela, cuando se producen las mismas especies o variedades bajo sistemas orgánico y convencional.Las reglas para las semillasLa regla general es que las semillas y materiales de propagación procedan de producción que cumpla los requisitos orgánicos.Pero se permite material no orgánico cuando el productor pueda demostrar que no existe disponibilidad de semilla orgánica en el mercado, según la lista elaborada por el ICA. Incluso se permite al organismo certificador autorizar semillas convencionales cuando la semilla orgánica exista en la lista, pero no esté disponible en cantidad o calidad suficiente.Además, el borrador establece prioridad para variedades criollas y nativas y la protección de la biodiversidad.Agro en Colombia. Imagen: Cortesía MinAgricultura.Las obligaciones ambientales y sobre plásticosEl productor puede utilizar determinadas películas sintéticas, pero debe retirarlas después del ciclo productivo y gestionarlas como residuos.El borrador también prohíbe materiales plásticos oxo-degradables, fotodegradables o fragmentables por el riesgo de generación de microplásticos. Para incorporar acolchados directamente al suelo exige que sean 100 % biodegradables, de base biológica y libres de OGM, con certificación de origen.Los productos que se comercialicen como orgánicos deberán contar con certificación expedida por un Organismo Evaluador de la Conformidad (OEC) acreditado y registrado ante el Ministerio.El OEC debe estar acreditado ante ONAC o ante un organismo de acreditación que sea firmante de los acuerdos de reconocimiento correspondientes del IAF, bajo ISO/IEC 17065.Esto busca que la certificación tenga un esquema más estandarizado y verificable.Por ello, el reglamento crea un capítulo específico de etiquetado, que incluye: denominación de los productos, código QR, composición e identificación y trazabilidad del producto.Esto se conecta con el objetivo declarado de evitar que el consumidor sea engañado sobre la condición orgánica del producto.El borrador no se limita a controlar lo producido en Colombia. Establece mecanismos de reconocimiento de equivalencias, intercambio de información y controles en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.La autoridad podría hacer controles documentales, inspecciones físicas y toma de muestras con un enfoque basado en riesgo.Esto es relevante para productos importados que ingresen al país con certificaciones orgánicas extranjeras.El proyecto establece 12 meses de transición para que operadores, organismos certificadores y entidades de control adopten completamente las nuevas reglas.