El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que se resume en dos cifras imposibles de leer por separado. José Luis Ábalos ha sido condenado a 24 años y tres meses, la mayor pena impuesta a un exministro en la historia de la democracia española. A su lado, Víctor de Aldama, el empresario que pagó las mordidas, se queda en cuatro años y medio, no pisará la prisión y conservará la mayor parte de lo que ganó corrompiendo. El fallo, aprobado por unanimidad de los siete magistrados, condena por cuatro delitos. El más grave es el de organización criminal. El tribunal da por probado que existió una estructura con Ábalos, Koldo García y Aldama en la cúpula, aunque no entra a decidir quién mandaba sobre quién. Le basta con constatar que los tres se movían según las necesidades de la trama. A ese armazón se suman tráfico de influencias, malversación y cohecho.políticaEl exministro Ábalos, condenado a 24 años de cárcel: el tribunal 'premia' a Aldama por tirar de la manta Pablo Fdez. QuintanillaLa sentencia habla de favores a cambio de dinero. Hubo sobres de 10.000 euros mensuales que en algún momento hubo que ir a recoger a República Dominicana. Un piso para la pareja del entonces ministro. Veranos en chalets de Marbella y de la costa gaditana. Y, al fondo, no solo los contratos de mascarillas, sino gestiones para el rescate de una aerolínea o una licencia de hidrocarburos. La pena es altísima porque el Supremo ha sentado doctrina sobre un principio elemental: quien defrauda dinero público lo hace, precisamente, gracias al cargo que ocupa, y esa traición a la función pública agrava la culpa en lugar de atenuarla. El golpe político es mayúsculo. Ábalos no era un dirigente más: fue pieza clave en el relanzamiento de Pedro Sánchez, protagonista de la moción de censura contra Rajoy y titular de uno de los ministerios más pesados del Gobierno.El dinero que no devuelveLa grieta del fallo está en Aldama. El Supremo da por probado que cobró 3,7 millones de comisión por la venta de mascarillas —6,6 si se suman otros contratos— y, sin embargo, no le obliga a devolver esa comisión. La Fiscalía Anticorrupción pidió expresamente el decomiso de ese dinero. El tribunal no lo aceptó. Conviene ser preciso. No es una resta limpia: una parte ya la había repartido en su día con sus socios —el alquiler del piso, el uso del chalet, los pagos mensuales a Koldo— y el decomiso que ahora afronta es menor y compartido. Pero el fondo del reproche aguanta: el corruptor conserva el grueso de un botín que, en origen, salía del sobreprecio que pagó la Administración.¿Por qué? El Supremo valora su colaboración con la Justicia. Aldama no solo se conformó con el relato acusatorio: aportó documentos corroborados y dio la pista de otra trama, la del presunto amaño de obra pública. El tribunal dedica muchas páginas a justificarlo, consciente de que la decisión es controvertida. Ni la propia Anticorrupción reclamó una rebaja tan generosa.Aquí aparece el problema de fondo. España no tiene regulada la figura del colaborador, del arrepentido. Donde Italia construyó el estatuto del pentito, aquí hay una laguna que se rellena caso a caso con la discrecionalidad de fiscales y jueces. Hay juristas que dudan de que su aportación fuera tan decisiva, cuando el tribunal ya tenía elementos suficientes para condenar a Ábalos y a Koldo. En el plano político, nada se mueve. La oposición pide la dimisión del presidente y elecciones, pero rehúye la moción de censura. Y los socios del Ejecutivo amagan sin llegar, porque su verdadera línea roja —la financiación del partido— pende de otra pieza aún sin resolver.