La parada de taxis del aeropuerto hispalense sigue en el debate y además en los tribunales, en esta ocasión por el turno rotatorio implantado por el Ayuntamiento de Sevilla, gobernado por José Luis Sanz. Y es que los taxistas que ejercen servicios concertados o precontratados han recurrido por lo Contencioso Administrativo su inclusión en este turno rotatorio al considerar vulnerado el principio de libertad de empresa y el Reglamento de Transporte Público de Viajeros/as en Automóviles de Turismo, pero otros taxistas, los de Élite Sevilla, no lo ven así y defienden la continuidad de la medida tal cual se aplica actualmente. Al detalle, la cooperativa SevillaQualityTaxi, conformada por profesionales que prestan servicios precontratados , había recurrido la inclusión de los taxistas de este colectivo en el turno rotatorio de la parada del aeropuerto, siendo no obstante desestimado su recurso inicial. La última novedad del asunto es que tras elevar esta cooperativa el caso al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ( TSJA ) con un nuevo recurso, la asociación Élite Taxi Sevilla ha presentado un escrito oponiéndose a esta impugnación de los taxistas de la modalidad de precontratación. Más en concreto, SevillaQualityTaxi exponía en su recurso contencioso inicial contra la inclusión de los servicios concertados o precontratados en el turno rotatorio de la parada del aeropuerto, que la medida vulnera el derecho a la libertad de empresa , «porque tales servicios son fruto de una previa contratación por el viajero o usuario, de forma que la misma resultaría frustrada de establecerse un turno de obligado cumplimiento sin tener en cuenta tal circunstancia». Además, esta cooperativa invocaba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo , aprobado por Decreto 35/2012, que determina literalmente que «en puertos, aeropuertos, estaciones, recintos feriales y eventos multitudinarios, la recogida de viajeros y viajeras se hará siempre en los puntos de parada habilitados al efecto, con excepción de los servicios precontratados para los cuales podrán los Ayuntamientos establecer punto de recogidas alternativos». Para la cooperativa de taxistas litigantes, la inclusión de los taxistas de modalidad concertada en el turno rotatorio «no tiene en cuenta la excepción que se establece para los servicios precontratados, que no se encuentran sometidos a las limitaciones fijadas para las paradas del aeropuerto». Pero el juez de la plaza número 12 de la Sección de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia de Sevilla emitió el pasado 17 de marzo una sentencia, con la que desestimaba dicho recurso y declaraba conforme a derecho la actuación del Ayuntamiento de Sevilla. Pero los miembros de SevillaQualityTaxi no se han quedado de brazos cruzados y han interpuesto un recurso con destino al TSJA , para que el Alto tribunal andaluz aborde el caso. Entre otros aspectos, en su nuevo recurso contencioso avisan de que «someter los servicios precontratados al turno ordinario de parada equivale a prohibir al taxista que atienda una obligación contractual preexistente , lo que no solo viola el Reglamento autonómico, sino que coloca al profesional en una situación de imposibilidad legal de cumplir sus compromisos, pudiendo incurrir en responsabilidad civil frente al cliente». Piden así que el TSJA anule la instauración del turno rotatorio o declare expresamente la exclusión del mismo respecto a los servicios precontratados. Pero la asociación Élite Taxi Sevilla ha presentado un escrito oponiéndose a este nuevo recurso . A grandes rasgos, Élite alega que « la medida no prohíbe trabajar, solo organiza el acceso a un punto de demanda masiva para garantizar la igualdad de oportunidades entre todos los profesionales. El sacrificio de no poder recoger en parada fuera de turno se compensa con el beneficio general de un servicio ordenado, seguro y equitativo para los casi 1.900 licenciatarios y para los usuarios». Además, estos taxistas avisan de excluir a los profesionales concertados del turno rotatorio derivaría en «una situación de privilegio» para los mismos frente al resto de trabajadores del sector. La medida, recordémoslo, fue acordada por el consejo de gobierno del Instituto Municipal del Taxi, con el voto a favor de todos los representantes, salvo los de la asociación Solidaridad Hispalense , que se abstuvieron. Previamente, por cierto, la Policía Nacional había arrestado a 26 taxistas entre los que figuraban los directivos de dicha entidad, o sea Solidaridad Hispalense ; por presuntos delitos de coacciones, amenazas, daños y de organización criminal para acaparar esta parada, que cuenta con su propia tarifa específica con precio cerrado de entre 26 y 29 euros. El juez número cuatro de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sevilla, de hecho, continúa la investigación contra dichos taxistas de la asociación Solidaridad por supuestas amenazas y coacciones para acaparar esta codiciada parada.