El pasado 19 de mayo el Tribunal Supremo fijó doctrina sobre la eutanasia, avalando la legitimación de un familiar o allegado para tratar de frenarla por la vía judicial. En su sentencia, publicada este martes, el Alto tribunal detalla que, además de acreditar ese vínculo de parentesco o cercanía afectiva, tendrá que aportar un «indicio de prueba razonable del incumplimiento de las garantías legales», o «fisuras» en la voluntad del solicitante. Es decir, más allá del interés legítimo, «desde luego cualificado», reza el fallo, quien interpone el recurso tendrá que acreditar, o aportar algún elemento que lo justifique. No valdrá así aludir únicamente al vínculo familiar, sino que para impugnar la resolución administrativa que concede la eutanasia, deben acreditarse «fisuras»... Ver Más