El Tribunal Supremo protege las urnas

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Las urnas son el instrumento con el que las democracias resuelven sus discrepancias y conflictos. Precisamente por eso, los españoles no pueden acudir a votar con un censo electoral bajo sospecha. Sería una situación sin precedentes en los casi cincuenta años de democracia, incompatible con la confianza que debe inspirar un proceso electoral. El Tribunal Supremo ha decidido mantener unas medidas cautelares que, según la Abogacía del Estado, afectan a unos 163.000 nacionalizados mediante la llamada 'ley de nietos' y cuya inscripción electoral plantea dudas de legalidad. Es una resolución de indudable trascendencia, pero también una garantía para el conjunto de los electores. La limpieza del procedimiento no puede quedar subordinada a las conveniencias de quienes concurren a las elecciones. La decisión, por cinco votos frente a uno, supone un revés para Pedro Sánchez, que apenas un día antes había apremiado públicamente a los magistrados para que resolvieran a favor de estos electores. El Supremo ha rechazado las pretensiones de la Abogacía del Estado y ha confirmado que el interés general en preservar la integridad del censo debe prevalecer sobre los intereses particulares. No se trata de negar la importancia del sufragio, sino de asegurar que su ejercicio responde a las condiciones fijadas por la ley. El derecho al voto es fundamental, pero también lo es la garantía de que nadie pueda ejercerlo sin cumplir los requisitos legales. El origen del conflicto está en la instrucción dictada en 2022 por Sofía Puente, entonces directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública. La Ley de Memoria Democrática reconoció el derecho a optar a la nacionalidad a los descendientes de españoles exiliados por razones expresamente previstas, pero la instrucción estableció una presunción general de exilio para quienes dejaron España entre 1936 y 1955, bastando acreditar la salida del país. Una disposición administrativa amplió así, en la práctica, el ámbito de aplicación de una ley, sin exigir individualmente la acreditación de las circunstancias previstas por el legislador. ABC denunció desde el principio esta extralimitación y sus posibles consecuencias. El Supremo no ha anulado las nacionalidades ni ha resuelto definitivamente sobre la legalidad de aquella instrucción. Pero ha apreciado un riesgo fundado de que su aplicación haya permitido incorporar al Censo Electoral de Residentes Ausentes a personas cuya nacionalización no responde a los presupuestos legales. Por ello mantiene suspendidos cautelarmente los efectos electorales de esas inscripciones cuestionadas. Es una distinción jurídica esencial que el Gobierno pretende diluir al presentar la resolución como una privación indiscriminada de derechos. El reproche más severo del Supremo se dirige a la falta de acreditación del cumplimiento de sus propias órdenes. Transcurrido un mes desde que exigió revisar y separar los expedientes, la Administración no ha comunicado cuántos ha examinado, cuántos ha clasificado ni qué resultados ha obtenido. Los magistrados desconocen incluso si se ha iniciado la tarea. No se trata, por tanto, solo de que el Gobierno alegue dificultades materiales para ejecutar las medidas antes del 29 de noviembre, sino de que ni siquiera ha demostrado qué ha hecho para cumplirlas. Esta falta de información impide al tribunal comprobar el grado de ejecución de sus resoluciones y justifica que valore desfavorablemente lo no acreditado. A ello se suma el intento de PSOE y Sumar de dar cobertura legal a la instrucción mediante una enmienda ajena a una norma educativa que decayó con la disolución de las Cortes. La reacción de Fernando Grande-Marlaska , insinuando que al Supremo no le importa el derecho al voto, resulta impropia de un ministro y magistrado en excedencia. La decisión judicial puede perjudicar a ciudadanos que actuaron de buena fe, pero su carácter garantista reside precisamente en proteger el procedimiento electoral, no los deseos de los actores políticos. La responsabilidad de haber llegado a esta situación extrema corresponde al Gobierno, no a los jueces. España necesita acudir a las urnas con un censo legal, verificable y libre de sospechas. Sin esa garantía, la legitimidad de las elecciones quedaría innecesariamente comprometida.