Gobierno De la Espriella implementa cambios importantes para patinetas eléctricas en Colombia

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Normas para patinetas eléctricas en Colombia. Foto: Generada con Gemini / PresidenciaEl Ministerio de Transporte expidió la Resolución 20263040030675 de 2026, que establece nuevas condiciones para el uso de vehículos de micromovilidad en Colombia. La medida reglamenta la Ley 2486 de 2025 y busca organizar la circulación de estos medios de transporte, definir requisitos de seguridad y precisar las obligaciones de sus usuarios.Uno de los principales cambios es la creación de una clasificación oficial que diferencia los vehículos automotores de los no automotores. Dentro de las categorías se encuentran las bicicletas y patinetas eléctricas, los monociclos, los vehículos de movilidad personal y los triciclos eléctricos.La normativa también fija condiciones técnicas para los Vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal Urbana (VELMPU). Estos deberán contar con frenos, iluminación delantera y trasera, avisador acústico, indicador de batería y velocidad, luces direccionales y mecanismos que impidan modificar la velocidad máxima permitida.En materia de protección, los usuarios deberán utilizar casco certificado y prendas retrorreflectivas durante la noche o cuando existan condiciones de baja visibilidad.Multas para conductores de patinetas eléctricas. Foto: Alcaldía de BogotáLímites de velocidad y restricciones de circulaciónLa resolución establece límites de velocidad según el espacio de circulación. Para actividades recreativas y deportivas, el máximo será de 25 km/h en las zonas destinadas a ese propósito. En las calzadas, la velocidad podrá alcanzar los 40 km/h, de acuerdo con las condiciones previstas en la reglamentación.Recomendado: Nueva norma establece cambios para quienes tienen patinetas eléctricas: Habrá estrictas condicionesAdemás, queda prohibido circular por andenes, aceras y otras infraestructuras destinadas exclusivamente al tránsito peatonal. También se establecen disposiciones para desplazamientos fuera de los perímetros urbanos cuando las autoridades territoriales no hayan definido reglas particulares.Otra novedad es la creación de una lámina de identificación obligatoria para los vehículos exceptuados por la Ley 2486 de 2025. Deberá incluir datos como marca, modelo, número de serie, año de fabricación, peso, potencia, categoría, clase y velocidad máxima. Esta exigencia entrará en vigor el 1 de enero de 2027.La regulación incorpora, además, disposiciones sobre el transporte de estos vehículos en sistemas públicos, el manejo ambiental de baterías y componentes, y la atención de emergencias relacionadas con baterías de litio.Finalmente, el Ministerio anunció tres meses de pedagogía y socialización con apoyo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Durante ese periodo no se impondrán sanciones por incumplir las nuevas disposiciones, pues se priorizarán la divulgación y la orientación a los ciudadanos.