La Audiencia Nacional anula la absolución de Ana Duato y Bernardeau por fraude fiscal: se repetirá el juicio

Wait 5 sec.

Ana Duato y su marido, el productor Miguel Ángel Bernardeau, tendrán que volver a sentarse en el banquillo. La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha anulado la sentencia que absolvió a ambos en el caso Nummaria, un procedimiento por fraude fiscal que lleva años siendo uno de los procesos judiciales más seguidos del mundo del entretenimiento en España.El tribunal ha ordenado además que el nuevo juicio se celebre ante un tribunal diferente al que dictó la absolución. La resolución, que se extiende a lo largo de 389 páginas, estima el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra el fallo absolutorio dictado en julio del año pasado por la sección segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional.El argumento central del tribunal para anular la sentencia es que esta no justificó "en términos de lógica racional" las razones por las que eximió a los dos acusados de responsabilidad penal. Una motivación insuficiente que, a juicio de la Sala de Apelación, vicia de origen el fallo y obliga a repetir el proceso desde cero.Qué se juzgará de nuevoEn el juicio inicial, celebrado el pasado año, la Sala había absuelto a Ana Duato del delito fiscal por defraudación del IRPF correspondiente a los ejercicios de 2010, 2011 y 2012. Su marido, Miguel Ángel Bernardeau, había quedado absuelto por el ejercicio de 2011. Ambas absoluciones quedan ahora sin efecto tras la decisión de la Sala de Apelación.    Ver esta publicación en Instagram           Una publicación compartida por Ana Duato (@anaduatooficial)El caso Nummaria tiene como figura central al asesor fiscal Fernando Peña, dueño del despacho que da nombre al procedimiento. Peña fue condenado en aquel juicio y su situación también ha sido revisada por el tribunal, aunque en su caso el resultado ha sido diferente.La Sala ha reducido en dos años la pena impuesta a Fernando Peña, cuya condena pasa de 80 a 78 años de prisión. La rebaja se debe a dos motivos: por un lado, uno de los delitos fiscales por los que fue condenado ha quedado prescrito; por otro, en determinados delitos cometidos por sus clientes se han corregido a la baja algunas de las cuotas defraudadas que se le atribuían. El resto de su condena permanece intacta.