En España no está prohibido publicar fotos de tus hijos, pero hay límites: el interés del menor pesa más que el consentimiento de los padres, la Fiscalía puede intervenir de oficio y, si salen otros niños, necesitas permiso de sus familias. Aquí tienes lo que dicen las leyes, qué riesgos han documentado la Policía Nacional y la AEPD, y cómo seguir compartiendo con quien de verdad quieres.El término sharenting une share (compartir) y parenting (crianza). La Policía Nacional lo define, en la campaña que lanzó con la fundaciónSOL en julio de 2025, como la costumbre de padres y familiares de publicar imágenes, vídeos o información de los menores en redes. Casi siempre se hace por cariño, pero el cariño no controla quién acaba viendo la foto.¿Qué dice la ley española sobre subir fotos de tus hijos?Dice que tu hijo tiene derechos propios sobre su imagen y que tú debes protegerlos. La Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, reconoce en su artículo 4 el derecho de los menores al honor, a la intimidad y a la propia imagen, y establece que padres y tutores deben respetarlos y protegerlos frente a terceros.El mismo artículo añade que se considera intromisión ilegítima cualquier uso de la imagen o el nombre de un menor en los medios de comunicación que pueda menoscabar su honra o reputación, o que sea contrario a sus intereses, incluso si consta el consentimiento del menor o de sus representantes legales. En ese caso, añade, corresponde al Ministerio Fiscal actuar, de oficio o a petición del propio menor o de cualquier persona interesada.La LOPDGDD, la ley española de protección de datos, llevó esa protección a internet. Su artículo 84.2 dice que la utilización o difusión de imágenes o información personal de menores en redes sociales que pueda implicar una intromisión ilegítima en sus derechos fundamentales determinará la intervención del Ministerio Fiscal, con las medidas de la ley del menor. Y su artículo 7 fija la edad de 14 años: a partir de ahí, el menor puede consentir el tratamiento de sus datos; por debajo, hace falta el consentimiento de quien tenga la patria potestad.La tercera pieza es la Ley Orgánica 1/1982, del derecho a la propia imagen. Su artículo 3 establece que los menores dan el consentimiento ellos mismos si su madurez lo permite. Y su artículo 2 hace el consentimiento revocable en cualquier momento.Un matiz para no exagerar: el Reglamento General de Protección de Datos no se aplica, según su considerando 18, a la actividad «exclusivamente personal o doméstica», y menciona expresamente la actividad en redes sociales en ese contexto. Pero la AEPD ha advertido en su blog que publicar en un perfil abierto un vídeo de la salida escolar de tus hijos difunde también las imágenes de otros niños a un número indeterminado de personas, y que para eso se necesita su consentimiento o el de sus padres si tienen menos de 14 años. Mi lectura: un perfil privado con tu círculo cercano y uno público con miles de desconocidos no son lo mismo, ni ante la ley ni ante el sentido común.Los riesgos documentados del sharentingLa campaña de la Policía Nacional recoge varias cifras, la mayoría atribuidas a terceros:Según un informe de la red europea EU Kids Online, elaborado entre el otoño de 2017 y el verano de 2019, el 89 % de las familias publica contenidos de sus hijos al menos una vez al mes.Una encuesta de la firma de seguridad AVG en diez países, entre ellos España, concluye que el 23 % de los niños tiene presencia en internet antes de nacer, por las ecografías, y que el 81 % ya está en línea antes de los seis meses.Según el Comité de personas expertas para el desarrollo de un entorno digital seguro para la juventud y la infancia, citado en la campaña, el 72 % del material incautado a pedófilos son imágenes cotidianas, no sexualizadas, de menores sacadas de redes sociales, y que el 42 % de los menores siente vergüenza por lo que sus padres publican de ellos.La campaña enumera también los riesgos concretos: la incomodidad del propio niño, el ciberacoso, la creación de perfiles falsos o memes, y la manipulación de imágenes con inteligencia artificial para fabricar material de abuso sexual infantil. Y recuerda que una foto puede contener mucha más información de la que parece.En la misma campaña, Francisco Pérez Bes, adjunto a la presidencia de la AEPD y miembro del consejo asesor de la fundaciónSOL, resume la idea de fondo: los padres tienen potestad sobre estas decisiones, pero deben actuar siempre en el interés superior del menor.Cómo seguir compartiendo sin exponer a tus hijosNo hace falta dejar de enseñar fotos a la familia, sino elegir bien canal y contenido. Estas pautas salen de la campaña de la Policía Nacional y de las recomendaciones de la AEPD:Limita la audiencia. La AEPD recuerda que la gente a la que das permiso elige a su vez a quién deja ver sus publicaciones, como amigos de amigos. Revisa quién ve cada publicación y si tu perfil sale en buscadores; aquí explicamos cómo hacer privadas tus cuentas de Instagram, TikTok y Facebook y qué sigue siendo público.Comparte en espacios cerrados. Un álbum privado solo para familiares o un grupo de mensajería con personas concretas expone mucho menos que una publicación abierta; la AEPD señala que esos grupos los forman quienes han aceptado estar en ellos.Cuida lo que se ve. La Policía recomienda evitar uniformes escolares o entornos que revelen dónde vive o estudia el menor, y pensar dos veces en vacaciones y fechas señaladas, cuando más se publica.Respeta a los demás niños. En funciones escolares o cumpleaños, recorta o no publiques a otros menores sin permiso de sus familias. La imagen ajena tiene protección propia, igual que cuando hablamos de las gafas inteligentes con cámara y qué dice la ley si te graban sin saberlo.Pide lo mismo a tu entorno. La campaña aconseja pedir a familiares y amigos que no compartan imágenes de tus hijos.Pregúntales. La LO 1/1982 vincula el consentimiento a la madurez del menor, y preguntar es la mejor forma de enseñarle a cuidar su privacidad.Si una imagen ya está fuera de tu control, la AEPD explica cómo pedir que se elimine: primero a quien la subió y, si no responde, a la red social, que tiene un mes para contestar; si no lo hace o la respuesta no es adecuada, puedes reclamar ante la Agencia. Si el menor tiene menos de 14 años, son sus padres o tutores quienes ejercen ese derecho. Y para el otro lado de la pantalla, el de cuánto tiempo pasan ellos conectados, repasamos qué recomiendan la OMS y los pediatras españoles sobre el tiempo de pantalla para niños.La campaña policial cierra con una frase rotunda: no hay sharenting seguro. No creo que eso obligue a borrar la infancia de nuestros hijos de los móviles, pero sí a cambiar la pregunta: no si la foto es bonita, sino quién la verá dentro de diez años y si a tu hijo le parecerá bien. La ley ya da la respuesta jurídica, porque su interés pesa más que tu consentimiento. La práctica es más sencilla: la foto que de verdad quieres compartir casi siempre cabe en un álbum privado.La noticia Publicar fotos de tus hijos en redes (sharenting): qué dice la ley en España y cómo compartir sin exponerlos fue publicada originalmente en Wwwhatsnew.com por Natalia Polo.