¿Cuánto cobrarán los miembros de las mesas electorales? Estas son las multas para quienes no aparezcan

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En los colegios electorales se ultiman los detalles de cara a este 17 de mayo. Con los partidos políticos tomándose la jornada del sábado como día de reflexión, son los miembros de las mesas electorales quienes se preparan para vivir una jornada intensa, en la que cobrarán una dieta de 70 euros por el desempeño de sus funciones.En total, serán 31.209 personas las que integren las 10.403 mesas electorales que se constituirán en toda Andalucía para los comicios. La cuantía supone cinco euros más que la fijada en las anteriores elecciones celebradas el 19 de junio de 2022.Una mesa electoral en pasadas elecciones. Manu GarcíaAsí aparece recogido en un decreto de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, que regula las compensaciones económicas para las personas integrantes de las Juntas Electorales, el personal a su servicio y otro personal colaborador con motivo de las elecciones del 17M.Cada mesa electoral está formada por tres personas: una que ejerce la Presidencia y otras dos que ocupan las Vocalías. Todas ellas son elegidas por sorteo entre personas mayores de edad censadas en una sección electoral, menores de 65 años y que sepan leer y escribir.Quién puede ser presidente o vocal de una mesa electoralPara ejercer la Presidencia de una mesa electoral se exige, además, contar con el título de bachiller o formación profesional de segundo grado. Si en la sección electoral no hubiera electores con esa titulación, se elegiría entre quienes tengan graduado escolar o una titulación equivalente.La designación como presidente o vocal de una mesa electoral es obligatoria. La notificación debe llegar a las personas elegidas en un plazo máximo de tres días, y desde ese momento disponen de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona una causa justificada y documentada que les impida aceptar el cargo.Una mesa con las papeletas durante una jornada electoral.La Junta Electoral de Zona debe resolver en un plazo de cinco días y, si acepta la excusa, comunicar la sustitución a la persona prevista como primer suplente. En caso contrario, la persona designada deberá acudir y cumplir con sus funciones el día de la votación.No hacerlo puede tener consecuencias graves. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece en su artículo 143 que “quienes hayan sido designados para la Presidencia o Vocalías de una Mesa electoral y dejen de concurrir a desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso que impone la Loreg, incurrirán en la pena de privación de libertad de 14 a 30 días y multa de dos a diez meses”.Dieta, permisos y compensaciones previstasAdemás de la dieta de 70 euros, los miembros de mesa tendrán derecho a una reducción de cinco horas en su jornada laboral del día siguiente a las elecciones. También contarán con permiso retribuido durante el día de la votación si este fuera laborable para algún miembro que sea trabajador por cuenta ajena o funcionario.Durante la jornada electoral, las personas designadas estarán protegidas por el sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse de su participación en los comicios.Un colegio electoral en las últimas elecciones.-Manu GarcíaEl decreto también contempla compensaciones para los integrantes de las Juntas Electorales de Andalucía, Provinciales y de Zona, así como para el personal a su servicio. En el caso de la Junta Electoral de Andalucía, las cantidades van desde los 5.100 euros para la presidencia hasta los 3.246 euros para las vocalías.Para las Juntas Provinciales, las compensaciones dependerán del número de mesas electorales en cada provincia. En aquellas con un censo superior a 1.000 mesas, la presidencia percibirá 3.460 euros, la secretaría 3.245 euros, las vocalías judiciales y los delegados de la Oficina del Censo Electoral 1.514 euros, y las vocalías no judiciales 866 euros. Si el censo es inferior a 1.000 mesas, las cantidades serán de 3.245, 3.028, 1.385 y 779 euros, respectivamente.Momento de comprobar los datos para votar en un colegio electoral de Andalucía.-Juan Carlos ToroEn las Juntas Electorales de Zona se fijan 2.596 euros para la presidencia, 2.380 euros para la secretaría, 1.082 euros para las vocalías judiciales y 605 euros para las vocalías no judiciales. Los secretarios de ayuntamientos, como delegados de estas juntas, percibirán 953 euros en municipios con más de 50 mesas, 866 euros en los de entre 11 y 50 mesas, y 779 euros en los de menos de 10.Además, se abonarán íntegramente los gastos de transporte a quienes deban desplazarse fuera de su municipio de residencia habitual para asistir a reuniones reglamentariamente convocadas. Si utilizan vehículo particular, recibirán una compensación de 0,26 euros por kilómetro recorrido. También están previstas remuneraciones por servicios extraordinarios del personal colaborador y de los secretarios de ayuntamientos, además de las fijadas para los jueces de Primera Instancia o de Paz.