Imagen: Alcaldía de PereiraUna ley que tramita el Congreso de la República está a punto de beneficiar a cerca de un millón de contratistas, con beneficios que mejoran sustancialmente su poder adquisitivo y su descanso.El proyecto de ley, que contempla pagos y aprueba vacaciones, entre otros beneficios, mejoraría las condiciones de algunos trabajadores que desempeñan labores para el Estado.Imagen: Prensa del MinTrabajoEl foco se fija en casi un millón de contratistas con tres propósitos: protegerlos de abusos, obligar al Estado a actualizar sus plantas de personal y evitar que se disfrace una relación laboral real como si fuera un simple contrato de servicios.“Los contratistas tienen derecho a 16 días calendario de descanso por cada año de contrato (proporcional si el contrato es más corto). Ese descanso ya está incluido en el valor del contrato y no genera costos adicionales. No se puede pagar en dinero”, dice el proyecto.Los beneficios para casi un millón de contratistas del Estado12 días de vacaciones remuneradas al añoLicencia de maternidad paga al 100%Multa por pagos tardíos (un día de honorarios por cada día de mora)La entidad asume directamente la seguridad socialProtección de estabilidad por enfermedad o maternidadHonorarios definidos de forma justa y transparenteSe prohíbe fraccionar contratos para evadir derechos laborales.Acoplásticos lanza plataforma para formar a trabajadores de la industria. Foto: tomada de Freepik “Todas las entidades deben incluir en sus contratos de prestación de servicios un protocolo contra el acoso sexual: definición, cómo presentar una queja, cómo atender a las víctimas y qué sanciones aplican. Cada trimestre deben reportar cuántas quejas recibieron”, añade el proyecto de ley.Recomendado: Pago de $2 millones que dan a trabajadores en situaciones críticas: Así lo puede reclamarUna vez sea aprobado el proyecto que beneficia a cerca de un millón de contratistas en Colombia, las entidades tendrán 6 meses, contados desde la entrada en vigencia de la ley, para actualizar su manual de contratación y adaptarlo a lo dispuesto en esta norma.