La Audiencia de Sevilla absuelve a tres acusados de atropellar marcha atrás a un hombre que acabó con una pierna amputada

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La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a tres hombres que enfrentaban peticiones fiscales de entre siete y nueve años de prisión por presuntamente atropellar marcha atrás a otro varón , que perdió la pierna derecha tras tener que ser amputada como consecuencia de las lesiones sufridas. La decisión del tribunal ha estado motivada, entre otras cuestiones, por la actitud de la víctima , que llegó a ofrecer hasta cuatro versiones distintas de los hechos . Estas contradicciones han llevado al tribunal a concluir que la prueba practicada no logra desvirtuar la presunción de inocencia. Según recoge la sentencia, consultada por Europa Press, la víctima llegó a ofrecer hasta cuatro versiones distintas de lo sucedido. Entre otras, llegó a atribuir los hechos a unos supuestos «narcotraficantes colombianos que habían llegado en helicóptero» o a implicar a su hija, sin tener este hombre ninguna hija. No obstante, los primeros policías que recogieron su declaración señalaron su estado «desorientado» y que «no pudieron tomarle declaración formal». Así las cosas, en un principio la víctima fue trasladada al Hospital Universitario Virgen Macarena tras ser encontrada en su domicilio con «desorientación y síndrome confusional» . Según la resolución, a su llegada al centro hospitalario llegó a presentar lesiones médicas graves, entre ellas un aplastamiento de la pierna derecha que obligó a su amputación. En el procedimiento, el Ministerio Fiscal, que ejercía como única acusación personada, solicitó para los tres procesados penas de entre siete y nueve años de prisión al atribuirles un delito de homicidio en grado de tentativa y, de forma subsidiaria, un delito de lesiones. Sin embargo, para sostener su decisión absolutoria, la Audiencia ha resaltado las cuatro versiones que este hombre llegó a ofrecer. La primera de ellas refiere a la facilitada a los agentes que acudieron al hospital, quienes «no pudieron realizar una toma de manifestaciones formal» dado el estado en el que se encontraba. No obstante, según recoge la sentencia, mantuvieron entrevistas con el afectado en el que les comunicó «lo que parecían hechos imaginarios» , según relataron los agentes, dado que «hablaba de unos narcotraficantes colombianos que habían llegado en helicóptero, del que habían descargado un palé de cocaína». También hacía alusión a la intervención de su hermana, que se habría llevado la droga junto con su hija, a pesar de que este hombre no tiene hijas, según la Audiencia. Posteriormente, comentó a su madre una versión distinta. En esta ocasión aseguró que solo dos de los acusados le habían «agredido y atropellado con el coche» , que pretendían obligarle a participar en un robo y que quisieron que se introdujera en una charca para buscar un supuesto dinero enterrado. Además, le agredieron. Es más, en su declaración, grabada por la mujer y trasladada posteriormente a dependencias policiales, llegó a asegurar que «le pasaron el coche una o dos veces» y que lo abandonaron en el lugar, aunque consiguió regresar andando hasta su domicilio. También aseguraba que todo ocurrió «por un dinero, no por una bicicleta». Unos meses después del incidente y posterior recuperación, ya en dependencias judiciales declaró que el día de los hechos se encontraba en casa cuando recibió una llamada de uno de los encausados para ir a robar. Cuando llegaron a los Caminos del Valle, desistieron del robo. Según esta versión, comenzó entonces una agresión en el interior del vehículo, pues propiciaron «golpes por todos los lados» . Después, siguiendo con esta versión, uno de los procesados lo sacó del coche y un tercero le pasó marcha atrás por encima de la pierna derecha. A partir de ese momento aseguró no recordar nada más hasta despertar en el hospital. La cuarta versión llegaría ya en el juicio oral, cuando en su declaración este hombre sostuvo que los tres acusados lo sacaron de su vivienda, le suministraron burundanga y lo introdujeron en el maletero de un vehículo. Siguiendo esta línea, cuando lo sacaron del maletero creyó que «l e ataron por los pies, lo arrastraron con el coche por los caminos y después de pasar el coche por encima le subieron al coche y lo dejaron debajo de su bloque». De hecho, atribuyó los hechos a «una venganza por haber robado una bicicleta de uno de los investigados» . Además, creía que su cuñado «estaba compinchado» con ellos para administrarle la sustancia y sacarlo de su domicilio. Preguntado por las contradicciones entre las diferentes versiones ofrecidas, justificó que «en un principio no se encontraba bien» , que las declaraciones a su madre respondieron al deseo de que «lo desatara», pues «estaba inmovilizado en el hospital» y que después había «ido recordando el secuestro, que lo metieron en el maletero, que le dieron burundanga y que le pasaron el coche por encima». Pese a estas explicaciones, la Sala ha valorado que la declaración del lesionado «carece de los elementos para permitir sustentar» solo con ella un pronunciamiento de condena , ello de acuerdo con la doctrina fijada por el Tribunal Supremo al respecto. «Como hemos visto, no estamos ante una declaración coincidente y persistenta, pues son cuatro las versiones que ha ofrecido, no existen elementos periféricos corroboradores pues las versiones de su madre y hermana se limitan a narrar lo que este hombre les contó y una de ellas añadió que conocía que los tres acusados eran autores de la lesión por rumores que había escuchado». Es más, asevera que «tampoco podemos hacer abstración del contenido del informe médico elaborado por los facultativos que le atendieron en el hospital», dado que «no evidencian otras lesiones que resultarían de los golpes que dice el lesionado recibió en todo el cuerpo» ni las que se entienden «deberían haberse producido por el arrastamiento de un coche». «Consideramos en atención a lo expuesto que la prueba practicada es insuficiente para desvirtuar la presunción de inocencia», apostilla. Por todo ello, la Sala ha fallado resolver libremente a los tres hombres del delito de homicidio intentado del que veían acusados y declarar de oficio las costas.