La llegada de la plataforma Cabify a Jerez y El Puerto de Santa María ha provocado que Facua Cádiz a informar a los consumidores sobre los derechos que les asisten al utilizar tanto el servicio de taxi como los vehículos de transporte con conductor (VTC). La asociación también ha reclamado a ambos ayuntamientos que refuercen las labores de inspección y control sobre los dos modelos de transporte con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y la protección de los usuarios.Facua Cádiz ha recordado que existen diferencias significativas entre ambos servicios. El taxi tiene la consideración de servicio público, está sujeto a tarifas reguladas por la Administración y puede contratarse directamente en la vía pública o en las paradas habilitadas. En cambio, los vehículos VTC deben reservarse con antelación y operan bajo un régimen jurídico distinto. Además, mientras las tarifas del taxi están fijadas administrativamente, los precios de los VTC no cuentan con esa regulación, aunque las empresas están obligadas a informar de ellos. Como consecuencia, el coste de estos servicios puede situarse tanto por debajo como por encima del de un taxi en función de la oferta y la demanda.La asociación también ha señalado que la regulación de los VTC permite a sus operadores establecer libremente sus horarios de actividad, sin obligación de prestar servicio de forma continuada. Esta circunstancia puede provocar que en determinados momentos no haya vehículos VTC disponibles, por lo que los usuarios solo puedan recurrir al servicio de taxi. En este sentido, ha recordado que el taxi, por su condición de servicio público, sí debe garantizar la disponibilidad de un número determinado de vehículos en funcionamiento.En relación con las personas con movilidad reducida, Facua Cádiz ha explicado que los vehículos VTC deben respetar los derechos fundamentales de estos usuarios y no pueden rechazar una contratación por motivos de discapacidad o movilidad reducida. No obstante, ha precisado que la normativa no obliga a las empresas a disponer de una parte de su flota adaptada para personas usuarias de sillas de ruedas. Sin embargo, cuando una empresa ofrezca vehículos adaptados o acepte una reserva de una persona que utilice silla de ruedas, deberá prestar el servicio en las condiciones comprometidas y sin aplicar recargos por el transporte de sillas de ruedas, andadores o muletas.El precioLa organización ha recordado igualmente que, con independencia del servicio elegido, los consumidores tienen derecho a conocer de forma clara el precio del desplazamiento, identificar al conductor y al vehículo, solicitar un justificante o factura y presentar reclamaciones cuando sea necesario. Asimismo, ha señalado que los usuarios deben recibir un trato correcto y respetuoso durante todo el trayecto y pueden reclamar ante cualquier incidencia relacionada con cobros indebidos, incumplimientos del servicio o condiciones distintas a las contratadas.Facua Cádiz ha defendido que la implantación de nuevas plataformas de movilidad debe ir acompañada de un refuerzo de los mecanismos de inspección y vigilancia por parte de los ayuntamientos de Jerez y El Puerto de Santa María. La asociación considera necesario supervisar el cumplimiento de las autorizaciones administrativas, las condiciones de prestación del servicio, la información facilitada a los usuarios, la correcta aplicación de las tarifas correspondientes, la disponibilidad de hojas de reclamaciones y el respeto del conjunto de obligaciones legales. Asimismo, ha sostenido que esta labor de control debe ejercerse con criterios de imparcialidad para evitar situaciones de competencia desleal y garantizar que tanto el taxi como los vehículos VTC cumplan las exigencias establecidas por la normativa.