Y ahora, a por Begoña Gómez

Wait 5 sec.

Los tribunales ya no son ese lugar donde se imparte justicia sino la plaza donde se libra la verdadera batalla política. Primero cayó el fiscal general, después el hermano de Pedro Sánchez y la próxima será la esposa. Aumenta tanto la sospecha sobre la coincidencia del calendario judicial y la existencia de un plan como la duda sobre si el ardid tendrá un efecto boomerangLas contradicciones de la condena a David SánchezHazte socia o socio de elDiario.es y recibe cada semana en tu correo 'Sin filtro', el boletín de Esther Palomera Los tribunales ya no son ese el lugar donde se imparte justicia, sino la plaza en la que se libra la verdadera batalla política y donde las derechas se han propuesto cercar al presidente del Gobierno. Primero fue el fiscal general del Estado por un delito de revelación de secretos nunca probado, después el hermano por ser cooperador de otro de prevaricación y, ahora, van a por Begoña Gómez por presunto tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos… Ya saben que cinco magistrados de la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid han decidido este jueves que la esposa de Pedro Sánchez debe sentarse en el banquillo frente a un jurado popular, avalando así el dictado del controvertido juez Peinado. La progresión de los casos, a modo de guion, ha sido anticipada por las derechas política, mediática, policial y judicial desde hace meses. En las televisiones, en las radios y en todos los mentideros madrileños, antes incluso de que los jueces redactaran autos, abrieran diligencias o firmaran sentencias sobre el fiscal, sobre el hermano de Sánchez y sobre Gómez. Nadie puede extrañarse de que haya sospechas sobre la coincidencia del calendario judicial y la existencia de un plan preconcebido y tampoco de que existan dudas sobre si el ardid tendrá o no un efecto boomerang contra un Feijóo que hiperventila con cada decisión judicial, pero no logra sumar un voto más a su granero electoral. Al contrario, los pierde a chorros en beneficio de Vox. Es un hecho, y no una conjetura, que la sentencia contra el ex fiscal general del Estado careció de la solidez probatoria que merecía un caso de tanta trascendencia y que se construyó sobre una hipótesis, como demuestra que el tribunal acuñara un nuevo sujeto penal -el entorno del acusado- para condenarlo por un delito de revelación de secretos. Es un hecho, y no una conjetura, que al hermano de Sánchez se le acusó de fraude fiscal, de enriquecimiento ilícito y hasta de tráfico de influencias y que, al final, ha sido condenado por ser “cooperador necesario” para un delito de prevaricación cometido supuestamente por otros -técnicos de la Diputación de Badajoz- para cambiar la nomenclatura de un cargo del que fue beneficiario cuando Pedro Sánchez no era ni diputado, ni secretario general del PSOE, ni presidente del Gobierno. Lo que viene a decir la sentencia es que alguien hizo algo para beneficiar a alguien, pero no se ha probado ni el qué, ni el quién ni el cómo, pero, sin embargo, hay un policía que, sin acreditar conocimientos de Derecho Administrativo, está seguro de que se cometió una ilegalidad en la creación de una plaza de libre designación. Es un hecho también, y no una conjetura, que la instrucción de Juan Carlos Peinado en el caso Begoña Gómez ha sido corregida repetidamente por su superior jerárquico, que anuló en el pasado por “falta manifiesta de motivación” un primer intento de enviar la causa a un tribunal con jurado popular. Es también un hecho, y no una conjetura, que la Fiscalía pidió el sobreseimiento de la causa por entender que los hechos no eran constitutivos de delito. Es un hecho, y no una conjetura, que la defensa ha calificado la instrucción de “prospectiva” al argüir que se investiga a la esposa del presidente por ser quién es y no por haber cometido ningún delito. Es un hecho, y no una conjetura, que no se puede descartar de entrada la existencia de un delito porque la investigada sea la esposa del presidente, pero tampoco lo contrario, esto es dar por probada su culpabilidad por el mismo motivo, si bien este escenario se ha dado por descontado por sesudos analistas antes de que Gómez se siente en el banquillo. Es un hecho, y no una conjetura, que las instrucciones del juez Peinado son discutidas y, que cuantas veces la Audiencia de Madrid le ha enmendado en el caso de Begoña Gómez no se ha dado por aludido. Y es un hecho, no una conjetura, que una parte de la alta judicatura española está más pendiente de sus cuitas internas, de satisfacer intereses partidistas y de postularse ante un eventual cambio de gobierno que de impartir justicia y aplicar el derecho. La decisión de la Audiencia Provincial de avalar la decisión de Peinado para que Gómez sea juzgada por un tribunal popular no es menor. De hecho, importa más de lo que parece porque la Ley del Tribunal del Jurado no es un simple trámite, ya que implica un tipo de enjuiciamiento distinto, con sus propias reglas de veredicto. Su aplicación exige además que el instructor motive con especial rigor por qué los hechos encajan en los delitos que la ley reserva a ese procedimiento, y que la propia Audiencia de Madrid haya tenido que recordárselo dos veces al mismo juez no habla bien de la instrucción, al margen de que Gómez sea finalmente declarada culpable o inocente. El 92% de las sentencias dictadas por jurados populares en España son condenatorias, según los últimos datos disponibles del Consejo General del Poder Judicial. Y, aunque sea una cifra que no prejuzga nada sobre este caso concreto, explica perfectamente por qué la decisión que ha adoptado la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid tiene más trascendencia de la que se le otorga. Y es que España vive un momento en el que cada resolución judicial que afecta al círculo más próximo del presidente del Gobierno se interpreta, casi instantáneamente, como una pieza de ajedrez en una partida que nada tiene que ver con el derecho y todo con la forma en que se hace política… y periodismo. Cuando la Audiencia de Badajoz sostiene en una sentencia que “el tribunal no puede, sino conjeturar” para explicar por qué condenaba a David Sánchez por prevaricación, pero lo absolvía del delito de tráfico de influencias situaba el debate en algo nuclear para un proceso penal, que es dónde está la frontera entre la prueba y la inferencia y si, cuando esa línea se cruza, podemos hablar de justicia. Los tres casos que han dominado la actualidad judicial de los últimos tiempos son, en el fondo, tres ejercicios distintos de ese difuso límite. En el del ex fiscal general, el Tribunal Supremo tuvo que reconstruir, sin una confesión ni una grabación o documento de la orden concreta, quién filtró un correo electrónico a la prensa y los mismos indicios, examinados por distintos juristas, produjeron dos lecturas opuestas sobre si constituían prueba o solo sospecha. En el de David Sánchez, los propios magistrados reconocieron que solo podían “conjeturar” sobre si los creadores de la plaza buscaron o no congraciarse con Pedro Sánchez, y que esa especulación, por plausible que pareciera, no alcanzaba el estándar probatorio necesario para condenar a su hermano por tráfico de influencias. Y el caso de Begoña Gómez, todavía pendiente de juzgar, es en el fondo una discusión sobre si se ha llegado a construir toda la causa únicamente con indicios y una narrativa político-periodística tan falaz como eficaz, pero sin una sola prueba. De eso hablamos. De un país que, como dice Feijóo, está siendo “agredida por altas instituciones”, pero no precisamente por las que pretende apuntar el aspirante a presidente.