Las VPN acaban de recibir un importante respaldo judicial en Europa. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido que estas compañías no son responsables de que sus usuarios empleen sus servicios para saltarse un bloqueo geográfico y acceder a contenidos protegidos por derechos de autor.La sentencia del TJUE no tiene relación directa con el fútbol, pero puede tener consecuencias sobre la batalla de LaLiga contra la piratería. La competición española lleva meses intentando que las VPN participen en sus bloqueos de direcciones IP, pero el tribunal europeo acaba de dejar claro que proporcionar esta tecnología no convierte automáticamente a una empresa en cómplice de una infracción.Un nuevo límite para LaLigaEl origen del caso radica en los manuscritos del Diario de Ana Frank. Una web los publicó gratuitamente porque, al pasar cierto tiempo tras su publicación, ya son de dominio público en algunos países europeos. Sin embargo, todavía están protegidos por derechos de autor en Países Bajos, de donde son originarios, por lo que sus responsables aplicaron un geobloqueo para impedir el acceso desde este territorio. Suscríbete a la newsletter de Andro4allEl bloqueo no era infalible. Un neerlandés podía sortearlo mediante una VPN y fingir que se conectaba desde otro país. Por ello, la fundación propietaria de los derechos argumentó por ello que la obra seguía estando disponible en Países Bajos y que existía una infracción.El TJUE ha rechazado este planteamiento. Si la web aplica un sistema de bloqueo eficaz y actualizado, no se le puede responsabilizar porque una persona decida esquivarlo. Además, incluso cuando la protección utilizada sea insuficiente, la posible infracción debe atribuirse a quien publicó el contenido, no a la empresa que proporcionó la VPN.Se trata de una resolución que reconoce que estas redes son herramientas legales con numerosos usos legítimos. El proveedor tampoco realiza por sí mismo un acto de “comunicación al público”, aunque sepa que su tecnología puede utilizarse para superar restricciones territoriales.Este criterio choca con una parte de la estrategia impulsada por LaLiga para detener la piratería. En febrero, la competición consiguió que un juzgado de Córdoba ordenara a Proton VPN y NordVPN bloquear desde España determinadas IP relacionadas con retransmisiones ilegales. El objetivo era trasladar a estas compañías el sistema de bloqueos dinámicos que ya aplican las operadoras durante los partidos.No obstante, la sentencia europea no anula automáticamente aquellas medidas cautelares. Ambos procedimientos parten de casos y argumentos jurídicos distintos. Pese a ello, la doctrina del TJUE proporciona a las VPN una defensa importante frente a futuras reclamaciones basadas únicamente en que sus servicios permiten eludir bloqueos.