Elecciones generales 2026: Si quiero votar por correo ¿hasta qué dia puedo hacerlo?

Wait 5 sec.

El Consejo de Ministros extraordinario del 5 de octubre de 2026 aprobó el real decreto de disolución de las Cortes y de convocatoria de elecciones al Congreso de los Diputados y el Senado, que se celebrarán el domingo 29 de noviembre de 2026. Este real decreto se publicó en el Boletín Oficial del Estado el martes 6 de octubre, fecha en la que entró en vigor.La ciudadanía encontrará en 29neleccionesgenerales.es toda la información sobre el proceso electoral, las modalidades de voto existentes o el calendario electoral, entre otros detalles.¿Cuáles son los plazos del voto por correo?El voto por correo se puede solicitar a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el día 19 de noviembre de 2026 en cualquier oficina de Correos o de forma telemática en la web de Correos, sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina. Para ello tendrás que autentificar tu identidad con el DNI electrónico o un certificado digital válido.¿Cómo votar por correo?Deberás recoger el impreso de solicitud en las oficinas de Correos o presentar vía web la solicitud de voto por correo con el DNI electrónico o un certificado digital válido. En el impreso tienes que indicar la dirección postal a la que quieres que se envíe la documentación electoral (puede ser tu domicilio, tu lugar de trabajo o un apartado postal).La Oficina del Censo Electoral te enviará la documentación necesaria para votar a la dirección indicada a partir del 9 de noviembre.Una vez que hayas recibido la documentación, elige la papeleta de votación e introdúcela en el sobre de votación (o no incluyas papeleta si decides votar en blanco). Introduce el sobre de votación y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre en el que está escrita la dirección de tu mesa electoral. No incluyas ningún documento acreditativo de tu identidad dentro del sobre de votación, porque en este caso tu voto sería considerado nulo por la mesa.Lleva este sobre a una oficina de Correos, donde tendrás que identificarte con el DNI o un documento análogo, y envíalo por correo certificado gratuito antes del 25 de noviembre de 2026, en los horarios habituales de apertura de las oficinas postales.Si no pudieras acudir personalmente a entregar la documentación, tendrás que otorgar una autorización para que la deposite otra persona, acompañada de una fotocopia de tu DNI o documento análogo y firmada por ti. Para facilitar esta gestión, Correos facilita a todos los electores una autorización modelo que puede descargarse aquí.¿Puedo cambiar de opinión y votar de forma presencial?No. Si solicitas votar por correo y tu solicitud es aceptada, no podrás votar de manera presencial en tu mesa electoral el 29 de noviembre.