Cámaras de vigilancia en casa: cómo evitar que las vea nadie más y qué dice la AEPD sobre grabar la calle, el rellano o a una empleada del hogar

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Para quien tiene o va a instalar una cámara IP, un timbre con vídeo o una mirilla digital. Hay dos riesgos. El técnico, que un tercero entre en tu cámara, se resuelve con contraseña propia, verificación en dos pasos, actualizaciones y, si tu marca lo ofrece, cifrado de extremo a extremo. El legal es grabar lo que no te corresponde: dentro de casa no se aplica la normativa de protección de datos; si la cámara mira a la calle, a un espacio común o a alguien que trabaja en tu casa, sí.La referencia en España es la Guía sobre el uso de videocámaras para seguridad y otras finalidades de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en su versión de febrero de 2025, junto con el artículo 22 de la Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos. Mi lectura es que el error más común es de orientación: el problema suele ser la cámara que «de paso» enfoca la acera o la puerta del vecino.Paso 1: que la cámara sea solo tuyaPara entrar en una cámara ajena no hace falta genialidad técnica si la contraseña es la de fábrica o la cuenta está mal protegida.INCIBE resume en su guía sobre dispositivos del internet de las cosas las medidas básicas:Cambia las credenciales de fábrica del dispositivo y usa una contraseña robusta.Mantén actualizado el firmware de la cámara y la aplicación del móvil.Desactiva la administración remota si no la necesitas.Aísla los dispositivos conectados en una red independiente, por ejemplo la red de invitados del router.Revisa los permisos de la aplicación y desactiva los que no sean necesarios.Añade la verificación en dos pasos en la cuenta del fabricante, mejor con app de autenticación o llave de acceso que con SMS, por los motivos que contamos en por qué el SMS ya no es un segundo factor seguro. La propia AEPD, en su ficha práctica sobre cámaras para vigilar la vivienda, pide que el acceso por internet se restrinja con usuario y contraseña conocidos solo por quien deba ver las imágenes, y recomienda cambiar la contraseña tras la instalación y evitar las fáciles de deducir.Y revisa quién tiene acceso compartido en la app: una expareja o un antiguo inquilino con acceso es tan peligroso como un desconocido.¿Puede ver tus vídeos el fabricante?Depende de si los vídeos se guardan cifrados de extremo a extremo: si es así, ni el fabricante puede verlos.Algunas marcas ofrecen cifrado de extremo a extremo como opción. Ring, por ejemplo, explica a octubre de 2026 en su página de soporte sobre el cifrado de extremo a extremo que, al activarlo, los vídeos se cifran con claves que solo controla el usuario, solo pueden verlos los móviles inscritos y nadie más, Ring incluido, puede acceder a ellos.Peajes: los vídeos cifrados dejan de verse desde Alexa, Fire TV o la web de Ring, y la compañía no puede ayudarte a recuperarlos si pierdes la frase de 12 palabras y fallan las copias en la nube.Mi recomendación: actívalo en las cámaras de interior, donde más pesa la intimidad.¿Puedo grabar la calle, el rellano o la puerta del vecino?La calle, solo la franja mínima imprescindible; el rellano y demás zonas comunes, solo con acuerdo de la comunidad; la casa del vecino, nunca. El artículo 22.2 de la ley orgánica establece que solo pueden captarse imágenes de la vía pública en la medida en que resulte imprescindible para la seguridad.La guía de la AEPD distingue tres casos:Dentro de tu vivienda: se considera actividad personal o doméstica y no se aplica la normativa de protección de datos. El artículo 22.5 de la ley excluye expresamente el tratamiento de imágenes que solo capten el interior del propio domicilio.En el exterior de una vivienda unifamiliar: si puede captar personas en entradas, fachadas o medianerías, se aplica el RGPD. Eso supone un cartel informativo visible, un registro de actividades de tratamiento y limitar la imagen a tu propiedad más una franja mínima del acceso.En zonas comunes de un edificio, como el portal, la escalera o el rellano: requiere acuerdo de la junta de propietarios según la Ley de Propiedad Horizontal, y la comunidad pasa a ser responsable del tratamiento.Si la cámara es orientable o tiene zoom, la AEPD exige máscaras de privacidad que tapen la vía pública y las viviendas ajenas. Y las grabaciones se borran en un mes como máximo, salvo que sirvan para acreditar actos contra personas, bienes o instalaciones: entonces deben ponerse a disposición de la autoridad en un plazo de 72 horas, según el artículo 22.3 de la ley.La excepción doméstica tampoco cubre publicar las imágenes ante un número indeterminado de personas, aclara la AEPD. Subir a redes el vídeo del repartidor o del vecino te saca de ella, la misma lógica que se aplica a las gafas inteligentes con cámara y lo que dice la ley si grabas sin permiso.Si te preocupa lo contrario, que te graben en un alojamiento, lo explicamos en la guía sobre cámaras en apartamentos turísticos y qué dice la ley.Timbres con vídeo y mirillas digitales: la frontera está en grabarUn videoportero o una mirilla digital que solo sirven para ver quién llama no están sujetos a la normativa de protección de datos; si graban o hacen algo más que el aparato tradicional, sí. Es el criterio de la guía de la AEPD.Los timbres inteligentes actuales suelen detectar movimiento, grabar clips y subirlos a la nube. Mi lectura, que no es un criterio expreso de la AEPD sobre timbres: eso los acerca a una cámara exterior y, en un piso, su campo de visión suele ser el rellano, una zona común. Configura la detección para que capte tu puerta y poco más.¿Y si en casa trabaja una empleada del hogar o una cuidadora?Entonces la cámara deja de ser un asunto puramente doméstico. La AEPD lo dejó claro en sus orientaciones de junio de 2026 sobre videocámaras en hogares de personas mayores: cuando hay una persona trabajadora, se aplican las obligaciones de protección de datos.La Agencia fija tres reglas. Las trabajadoras «deben ser informadas de forma expresa y clara sobre la existencia de las cámaras antes de su puesta en funcionamiento». Las cámaras «no pueden utilizarse como un mecanismo de vigilancia laboral continua». Y no pueden colocarse en espacios especialmente sensibles, como los aseos o, en su caso, la habitación de la persona trabajadora.Encaja con el artículo 89 de la ley orgánica, que para cualquier empleador exige informar con carácter previo y prohíbe cámaras y grabación de sonido en zonas de descanso como vestuarios, aseos o comedores. Sobre el audio, la AEPD recuerda que captar conversaciones es una injerencia mucho más intensa en la intimidad y que, con carácter general, debe evitarse salvo necesidad especialmente justificada.En la cámara doméstica, la seguridad técnica y la legal tiran en la misma dirección: cuanto menos graba, menos expone. Un campo de visión ajustado a lo tuyo, una cuenta blindada y, si alguien trabaja en casa, transparencia antes de enchufar. Una cámara oculta para «ver qué hace» la cuidadora no es seguridad: es comprar un problema con la excusa de evitar otro.La noticia Cámaras de vigilancia en casa: cómo evitar que las vea nadie más y qué dice la AEPD sobre grabar la calle, el rellano o a una empleada del hogar fue publicada originalmente en Wwwhatsnew.com por Natalia Polo.