Llega al Congreso proyecto para regular la consulta previa de megaproyectos: así cambiaría su trámite. Foto: tomada de X@SenadoGovCoEl senador del Centro Democrático, Juan Espinal, anunció que este martes será radicado un proyecto de ley para reglamentar la consulta previa, uno de los mecanismos de participación de las comunidades étnicas que mayores debates genera.Espinal aseguró que la iniciativa busca establecer reglas más claras para el desarrollo de estos procesos, con el propósito de encontrar un equilibrio entre la protección del derecho de las comunidades y la seguridad jurídica que requieren los proyectos públicos y privados.“Es una iniciativa que estamos trabajando con mucho cuidado para proteger la herramienta, que es muy válida, pero también la inversión de los empresarios y del Estado”, afirmó el congresista.La consulta previa es un derecho fundamental de las comunidades étnicas que busca garantizar su participación cuando una medida, proyecto, obra o actividad pueda generar una afectación directa sobre ellas. El mecanismo se fundamenta, entre otras normas, en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y en la protección constitucional de la diversidad étnica y cultural.De acuerdo con las cifras presentadas por el senador, entre 2011 y 2026 se han registrado 12.588 procesos de consulta previa en Colombia. Solo en lo corrido de 2026 se contabilizan 1.327 procesos, la cifra más alta frente a todos los años del periodo analizado.Actualmente, 5.817 procesos permanecen activos y sin concluir.Congreso de la República. Foto: Senado de Colombia. Espinal también llamó la atención sobre el número de procesos que efectivamente llegan a acuerdos. Según los datos que presentó, solo uno de cada seis procesos iniciados durante los últimos cuatro años ha llegado a acuerdos, mientras que apenas el 16 % alcanzó la protocolización.La concentración territorial también aparece como uno de los puntos de preocupación. La Guajira concentra el 43,3 % de todos los procesos activos del país, con 1.435 procesos en ese departamento.Por sectores, el 43,2 % de los procesos corresponde a energía, hidrocarburos y minería, actividades que requieren procesos de planeación de largo plazo y que en numerosos casos se desarrollan en territorios con presencia de comunidades étnicas.El senador también cuestionó la información disponible sobre el funcionamiento del mecanismo. Según Espinal, el Estado no sabe cuánto cuestan ni cómo se financian los procesos de consulta previa y tampoco cuenta con cifras consolidadas que permitan determinar en qué grado se cumplen los acuerdos alcanzados.“No fue posible obtener cifras consolidadas sobre acuerdos cumplidos, parcialmente cumplidos o incumplidos”, señaló.Destacado: Así se mueve el lavado de activos durante el boom de la cocaína colombiana: finca raíz, tierras y contrabando son claves¿Qué busca cambiar el proyecto?Espinal explicó que la iniciativa pretende darle a la consulta previa un procedimiento administrativo más ágil y simple, pero sin modificar su carácter de derecho de las comunidades.“Este proyecto de ley busca darle un alcance de procedimiento administrativo ágil y simple, sin que esto signifique que se va a vulnerar la consulta como derecho de las comunidades”, afirmó.De acuerdo con el senador, estos son los principales cambios que contempla la propuesta:1. Una ley específica para organizar el procedimiento.El proyecto plantea que, por primera vez en 35 años, Colombia cuente con una ley que organice de manera integral el procedimiento de consulta previa.2. Una autoridad encargada de todo el proceso.Se establecería que la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa sea la encargada de llevar a cabo todo el proceso.3. Caracterización étnica y cultural.La iniciativa convertiría en obligación del Estado la caracterización étnica y cultural, con un plazo de seis meses para realizar la caracterización inicial y su correspondiente actualización. Esta información quedaría registrada en el Sistema de Información de Consulta Previa (SICOP) como insumo oficial para las certificaciones de presencia.4. Equipo Facilitador.Se crearía un Equipo Facilitador destinado a fortalecer la estructura y el desarrollo de los procesos de consulta previa.5. Registro de facilitadores y asesores técnicos.El proyecto propone crear un Registro Nacional de Facilitadores y Asesores Técnicos, con una escala única de honorarios equivalente a la planta profesional del Ministerio del Interior.6. Plazos administrativos.Se establecerían plazos concretos para ocho actuaciones administrativas a cargo del Estado y de las empresas que participan en el proceso.7. Sistema de Información de Consulta Previa.La propuesta plantea crear o fortalecer un sistema con tres funciones que, según Espinal, actualmente no existen de manera integrada: la centralización y georreferenciación de los registros étnicos existentes, un módulo público de trazabilidad y la posibilidad de consultar por comunidad qué acuerdos han sido concertados, con el objetivo de evitar duplicidades.8. Mesa Técnica para resolver bloqueos.Se crearía una Mesa Técnica como instancia decisoria interinstitucional, encargada de resolver bloqueos, controversias sobre la composición de las partes y situaciones sobrevinientes durante el proceso.9. Mecanismo fiduciario.Finalmente, se establecería un mecanismo fiduciario con recursos comprometidos desde el inicio, con el propósito de mejorar el manejo y la transparencia de los recursos destinados a los procesos.La iniciativa deberá, sin embargo, tener en cuenta la jurisprudencia de la Corte Constitucional, que ha reiterado que la consulta previa procede cuando existe una afectación directa sobre una comunidad étnica. Esto significa que no toda política pública, proyecto o medida que se desarrolle en un territorio con presencia de comunidades étnicas genera automáticamente la obligación de realizar una consulta.La Corte también ha precisado que la consulta previa no equivale a un poder de veto general de las comunidades sobre las decisiones estatales, sino que constituye un espacio de participación y diálogo de buena fe cuando se configura una afectación directa.Por esta razón, uno de los principales retos del proyecto será establecer procedimientos y tiempos más claros sin reducir el ámbito de protección del derecho fundamental ni desconocer los criterios fijados por la Corte Constitucional.