Los antidisturbios no se desplegarán en la Puerta del Sol. Al menos por ahora. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº14 de Madrid se ha declarado este viernes incompetente para pronunciarse sobre las medidas cautelarísimas solicitadas por el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso para forzar a la Delegación del Gobierno a que punga punto y final a la acampada por la vivienda en el corazón de la capital. La decisión queda ahora en manos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Y, en concreto, de la Sección Sexta de su Sala de lo Contencioso-Administrativo. La misma que antes del verano mantuvo paralizados durante un par de semanas los trabajos de resignificación del Valle de Cuelgamuros al asumir por error que el complejo monumental era Bien de Interés Cultural (BIC).La Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, liderado por José Luis Martínez-Almeida, llevan días exigiendo el desalojo. El pasado martes, la baronesa conservadora envió un requerimiento al delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, en el que le daba dos días para acabar con la acampada. Y en caso de no hacerse amenazó con acudir a los tribunales. Un paso que al final han dado. El Ejecutivo regional interpuso este jueves un recurso contencioso administrativo pidiendo la imposición de medidas cautelarísimas –es decir, urgentes y sin escuchar a la otra parte– para vaciar Sol. En él, defendieron que se estaban excediendo los "límites constitucionales y legales" que "delimitan el ejercicio del derecho fundamental de reunión".El Ejecutivo madrileño, además, alega que la acampada ha provocado una "evidente y manifiesta afección física y directa" a dos BIC: la Real Casa de Correos y la escultura del Oso y el Madroño. "Podría constituir un delito de expolio contra el patrimonio cultural, motivo por el que la Administración del Estado debería actuar de inmediato", resalta el Gobierno de Ayuso, que habla de pintadas, pegatinas o personas subidas a la estatua o trepando por la fachada. Una criminalización de la acampada que también ha buscado el consistorio de la capital cuando ha mencionado la presencia de cuchillos y adoquines en Sol, aunque los primeros se estén usando para hacer bocadillos y los segundos como contrapesos para sostener estructuras y lonas.El recurso cayó en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº14 de Madrid. La magistrada Leticia Francisco dio traslado a las partes para que se pronunciaran sobre la competencia para conocer este asunto. Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado defendieron que el recurso debía elevarse y ser resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), algo a lo que tampoco se opuso el Gobierno de Ayuso. Así ha sido. En un auto, la magistrada ha declarado la "falta de competencia objetiva" para conocer este asunto, dado que el acto impugnado "ha sido dictado por un órgano perteneciente a la Administración periférica del Estado". Y ha elevado el recurso al órgano superior, el competente en este caso.El paso dado por la magistrada, explican fuentes jurídicas consultadas por infoLibre, vuelve a poner el reloj a cero. En cuanto el asunto esté sobre la mesa de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid comenzará a correr de nuevo el plazo de dos días que la ley concede para adoptar o denegar las medidas de especial urgencia. No obstante, las mismas dependerán de lo que suceda con la acampada. Si la misma se disuelve, las cautelarísimas solicitadas por el Ejecutivo de la Comunidad de Madrid dejarían de tener sentido. Por el momento, y tras el fracaso de los dos decretos de vivienda, la intención es mantener las tiendas en el corazón de la capital.Lo que se decida no pone punto y final al pleito. Una vez superada la fase de cautelares el tribunal tendrá que entrar al fondo del asunto. De una y otra cosa se encargará, según las fuentes pulsadas por este diario, la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que integran cinco magistrados. Presidiendo la misma se encuentra Cristina Cadenas, vinculada a la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV). Junto a ella, Javier Aguayo Mejía, Ramón Fernández Flórez –también considerado vitorino–, Luis Fernández Antelo y Luis Manuel Ugarte Oterino, conectado con la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM).La Sección Sexta fue la que suspendió cautelarmente antes del verano las catas que se estaban haciendo para la resignificación del Valle de Cuelgamuros. Lo hicieron asumiendo como propia una falsedad alegada por el colectivo ultra que había recurrido. "El elemento arquitectónico sobre el que se están acometiendo los trabajos, como se alega y es notorio, goza de la máxima protección, tratándose de elementos catalogados y declarados BIC", señalaron los magistrados. Dos semanas después, tras recibir abundante prueba documental que demostraba que el complejo documental no contaba con dicha protección, decidieron levantar las medidas cautelares. Además, argumentaron, el mantenimiento de las mismas podía poner en riesgo el cumplimiento de la Ley de Memoria Democrática.