Así puede saber qué información tiene la DIAN sobre sus ingresos y movimientos financieros

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DIAN e impuestos. Cortesía Crowe CoA menos de dos meses de que comiencen los vencimientos para la declaración de renta de personas naturales en Colombia —programados entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos de la cédula— miles de contribuyentes siguen creyendo que la DIAN solo conoce la información que ellos mismos reportan.Lea también: Bajo recaudo tributario: por qué la DIAN recibió menos dinero del esperado por el impuesto al patrimonioLa realidad es muy distinta: la entidad ya recibe datos sobre consignaciones, transferencias, salarios, inversiones, compras y otros movimientos financieros a través de bancos, empresas, empleadores y múltiples terceros obligados a reportar información.Por eso, antes de presentar la declaración, cada vez cobra más importancia revisar qué información ya aparece asociada al contribuyente en las bases de datos de la autoridad tributaria. Incluso quienes nunca han declarado renta pueden encontrar registros financieros reportados a su nombre, los cuales son utilizados por la DIAN para realizar cruces de información y detectar posibles inconsistencias. La herramienta se encuentra disponible a través de la Zona Transaccional y permite revisar la denominada “información reportada por terceros”, un consolidado de datos enviados por entidades financieras, empleadores, compañías, fondos de inversión y otros actores obligados a reportar información exógena. En la práctica, esto significa que la DIAN puede contar con registros relacionados con consignaciones, transferencias, pagos con tarjetas, salarios, honorarios, rendimientos financieros, inversiones, compras y ventas facturadas electrónicamente e incluso adquisiciones de bienes como vehículos o inmuebles.Elkin Durango, docente de Contaduría Pública de Areandina sede Bogotá, explica que muchas personas desconocen el alcance de estos reportes: “La información llega a la DIAN por terceros, por lo que la entidad puede tener datos financieros de una persona incluso antes de que esta tenga la obligación de declarar”.La existencia de estos registros no implica automáticamente que una persona deba pagar impuestos adicionales o que esté siendo investigada. Sin embargo, sí constituye la base que utiliza la autoridad tributaria para realizar cruces de información y detectar posibles inconsistencias.¿Qué movimientos financieros puede conocer la DIAN? La idea de que únicamente los ingresos laborales quedan registrados hace tiempo dejó de ser cierta. Hoy muchas operaciones financieras generan trazabilidad.Puede interesarle leer: El cambio que obligará a miles de empresas a anticipar más dinero a la DIANEntre ellas se encuentran transferencias bancarias frecuentes, consignaciones recurrentes, pagos recibidos mediante billeteras digitales, rendimientos de inversiones, ingresos por prestación de servicios, ventas realizadas a través de plataformas digitales e información derivada de la facturación electrónica. Según Durango, el punto clave no es que exista el movimiento financiero, sino que este sea coherente con la información que posteriormente reporte el contribuyente.“Eso no significa automáticamente evasión, pero sí puede motivar requerimientos de información o procesos de fiscalización”, agrega el experto.Por ejemplo, una persona que durante el año recibió consignaciones recurrentes por montos elevados en sus cuentas bancarias podría encontrar esos movimientos reflejados en los reportes de terceros. Si posteriormente presenta una declaración con ingresos significativamente inferiores o sin justificar esos recursos, la diferencia podría llamar la atención de la autoridad tributaria.Paso a paso para consultar la información reportada a la DIAN La consulta puede realizarse directamente desde la plataforma virtual de la entidad. El procedimiento consiste en: Ingresar al portal oficial de la DIAN.Acceder a la Zona Transaccional con usuario y contraseña.Ubicar la opción de consulta de “información reportada por terceros”.Seleccionar el año gravable que se desea revisar.Descargar el reporte y contrastarlo con certificados bancarios, laborales y demás soportes financieros.La DIAN también advierte que cuando una entidad corrige información previamente reportada, los cambios pueden reflejarse en el sistema aproximadamente 72 horas después de realizada la actualización.Uno de los errores más frecuentes entre los contribuyentes es elaborar la declaración únicamente con base en recuerdos o cálculos aproximados.También es común omitir ingresos secundarios, cuentas bancarias poco utilizadas o movimientos que no fueron facturados formalmente, bajo la creencia de que no quedaron registrados.Precisamente por eso los expertos recomiendan revisar primero la información exógena antes de iniciar cualquier proceso de declaración.“La mejor estrategia tributaria es la transparencia y la correcta organización de la información financiera”, señala Durango.Si el contribuyente encuentra diferencias entre los reportes de terceros y sus propios registros, lo recomendable es verificar certificados laborales, extractos bancarios, certificados financieros y demás documentos de soporte.Cuando el error proviene de la entidad que realizó el reporte, la recomendación es solicitar la corrección antes de presentar la declaración.Ignorar la información que ya posee la DIAN puede resultar costoso. Cuando la autoridad tributaria detecta diferencias relevantes entre lo reportado por terceros y lo declarado por el contribuyente, puede iniciar requerimientos de información, solicitar aclaraciones, expedir liquidaciones oficiales e incluso imponer sanciones e intereses en determinados casos.También puede leer: Nuevo fallo aclara las obligaciones de las fiduciarias en proyectos de viviendaNo todas las diferencias derivan en una investigación, pero el riesgo aumenta cuando los datos disponibles para la entidad no coinciden con la información presentada por el ciudadano.Por eso, según los expertos, revisar con anticipación los registros reportados a nombre propio se ha convertido en una de las tareas más importantes antes de la temporada de declaración de renta. “Corregir antes de declarar es mucho más sencillo que hacerlo después de un proceso de fiscalización”, concluye Durango.