Brutal agresión a su expareja en Jerez: amenazas de cortarle la cabeza con una radial y retenida en una casa okupada

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena contra A. Y. Q.  tras una primera sentencia de octubre del pasado año por una brutal agresión a su expareja. Los hechos se remontan agosto de 2023, cuando A. se saltó el alejamiento hacia la mujer, con la que tiene un hijo en común, y la retuvo en un domicilio ocupado. Según la sentencia, tras una discusión, el acusado ató de pies y manos a la mujer, la amordazó y la golpeó brutalmente.La víctima relató que fue golpeada en abdomen, pecho y mandíbula, y que el condenado utilizó el mango de un cuchillo de grandes dimensiones para agredirla en la cabeza y el hombro. El condenado llegó a amenazar con “cortarle la cabeza”, colocando un cubo debajo y encendiendo una amoladora eléctrica para intimidarla, informa el TSJA. La violencia escaló: la desnudó, le colocó un cuchillo en la zona íntima mientras le gritaba que iba a “rajarla de arriba abajo” y llegó a clavarle la hoja en la pierna. [articles:342953]En esa situación, apareció familia de la víctima. Aunque un cómplice del agresor intentó engañarlos subiendo la música y negando su presencia, la familia alertó a la Policía Nacional. Los agentes hallaron a la mujer debajo de la cama, semidesnuda y con múltiples lesiones, mientras el varón se resistía a la detención con un palo en la mano.La sentencia recoge que la víctima presentaba hematomas, heridas suturadas en la pierna y marcas compatibles con ataduras. La agresión quedó acreditada con informes médicos, el testimonio policial y el hallazgo de la amoladora que el cómplice trató de sacar en una mochila.Finalmente, el TSJA confirma las penas de prisión: 1 año por quebrantamiento de condena, 4 años y 6 meses por lesiones agravadas y 2 años por amenazas graves, además de órdenes de alejamiento y prohibición de comunicación. En materia civil, deberá abonar 4.550 euros en indemnizaciones.La Sala subraya que la intimidación fue extrema y que la ausencia de algunos objetos, como la pistola o las cuerdas, no invalida el relato, avalado por las pruebas forenses. La condena queda firme salvo recurso de casación ante el Tribunal Supremo.