Trabajar por cuenta propia tiene múltiples beneficios, pero también sus inconvenientes... Ser autónomo no significa necesariamente estar facturando todos los meses. De hecho, hay profesionales dados de alta que, por diferentes motivos, atraviesan períodos sin actividad económica.En estos casos, ¿qué pasa? ¿Tienen que seguir pagando la cuota de autónomos? ¿No se les concede un parón? A continuación, te aclaramos estas dudas sobre si eres autónomo y no facturas. Si soy autónomo y no facturo: ¿qué ocurre?Estar dado de alta como autónomo implica ciertas obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, independientemente de la generación de ingresos. Es decir, aunque un mes no factures nada, mientras sigas dado de alta, debes cumplir con las obligaciones de los pagos, esto es, debes pagar sí o sí la cuota de autónomos y la presentación de las declaraciones fiscales correspondientes.A partir de 2023, con la nueva normativa de cotización por ingresos reales, es posible ajustar esta cuota en función de lo que factures, lo que supone cierta ventaja para los autónomos con ingresos bajos, pero en cualquier caso,sigue siendo un coste fijo a tener en cuenta. ¿Qué consecuencias tendría no pagar la cuota de autónomos?No pagar la cuota de autónomos puede parecer la solución más rápida si no has facturado un mes en tu trabajo, pero la realidad es que esta decisión te puede causar problemas mayores que es mejor evitar.El primer problema es que se te aplicará un recargo por impago: un 10% sobre la deuda si pagas durante el primer mes natural tras el vencimiento, un 20% si te retrasas más de un mes y un 35 % si pagas la deuda 3 o más meses más tarde del vencimiento. Sin contar los posibles intereses.Además del recargo, estarías debiendo dinero a la Seguridad Social, lo que puede afectar a futuras solicitudes de ayudas, prestaciones o incluso impedir que accedas a bonificaciones si decides reactivar tu actividad más adelante.Respecto al cierre trimestral, los recargos aumentan según el tiempo que hayas tardado en presentarlo. Así, si es menor de 3 meses, tendrás que sumar el 5 % sobre el total a liquidar. Si es entre 3 y 6 meses el recargo es del 10 %, entre 6 y 12 % aumenta hasta el 15 % y a partir de 12 meses es del 20 %.Para evitar estos inconvenientes, debes pagar la cuota de autónomos en la fecha establecida, así como las autoliquidaciones de IRPF y las declaraciones trimestrales. Es evidente que hacerse autónomo implica unos riesgos, y uno de ellos es el no facturar un mes determinado. Por eso, es fundamental contar con una adecuada planificación financiera que contemple los altibajos propios de la actividad de autónomo. Tener un colchón de seguridad puede marcar la diferencia entre una mala racha o un problema más grave.Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y no te pierdas la última hora y toda la actualidad de antena3noticias.com