Facua-Consumidores en Acción ha presentado denuncias contra cuatro de los principales parques temáticos de Españapor lo que considera una práctica abusiva: prohibir la entrada con comida y bebida del exterior. Según la asociación, el objetivo de estas empresas es forzar a los visitantes a comprar en los propios recintos a precios muy superiores a los del mercado.La denuncia, registrada ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, afecta a Isla Mágica, Parque Warner, Port Aventura y Terra Mítica. Facua solicita la apertura de expedientes sancionadores al considerar que estas restricciones vulneran lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2007 sobre la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.Comparativa con parques europeosEn su investigación, Facua destaca que este tipo de restricciones no existen en grandes parques temáticos europeos. En Disneyland París, Parc Astérix (Francia), Europa-Park (Alemania), Legoland Windsor (Reino Unido) o el Tivoli de Copenhague (Dinamarca), sí está permitida la entrada con comida y bebida, lo que refuerza el argumento de que en España se trata de una medida con fines meramente comerciales.En cuanto a las justificaciones, la asociación recoge que Parque Warner y Terra Mítica alegan motivos de “higiene” y “seguridad alimentaria”, mientras que Isla Mágica y Port Aventura no ofrecen explicación alguna en sus normativas de acceso. Facua subraya que “estas razones son injustificadas y solo buscan aumentar los beneficios”.La restauración no forma parte del servicio contratadoFacua sostiene que el servicio de restauración es complementario y no está incluido en el precio de la entrada, por lo que prohibir la comida externa implica una imposición indirecta de servicios no solicitados. Esto representa, según la denuncia, una restricción de derechos y un perjuicio económico al consumidor.La asociación recuerda que comer y beber dentro de los parques sí está permitido, pero solo si los productos son adquiridos en el interior. Esto supone, a su juicio, una forma encubierta de forzar el gasto en los establecimientos internos, donde los precios son significativamente más elevados.En su argumentación legal, Facua apela a los artículos 86.7, 82.1 y 89.4 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores, que tipifican como abusivas las cláusulas que limiten o restrinjan los derechos del usuario y generen desequilibrios contractuales.La asociación advierte que, dado el tiempo que los usuarios permanecen en los parques, la prohibición acaba generando un gasto adicional obligado. "Los consumidores se ven forzados a comprar productos de alimentación e hidratación dentro del recinto", denuncian.