Gerente del BanRep pide a la Corte Constitucional claridad en fechas de la reforma pensional

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El gerente del Banco de la República, Leonardo Villar, anticipa problemas para la adecuada implementación del nuevo sistema pensional.Foto: Asobancaria.En una carta al presidente de la Corte Constitucional, el gerente del Banco de la República, Leonardo Villar, les pidió a los magistrados claridad frente a la entrada en vigor de la reforma pensional en medio del estudio que el ente hace de las demandas que recibió contra la ley.Recientemente, la Corte Constitucional suspendió el cumplimiento de la norma hasta que se “decida definitivamente sobre la constitucionalidad”, por lo que los cambios que se debían implementar, según la reforma, a partir del 1 de julio, quedaron en espera.Recomendado: Presidente de la Corte sale al paso a señalamientos de Petro sobre presunta dilación de la reforma pensionalPor ahora, todo lo que se sabe es que la reforma pensional permanecerá suspendida hasta el día siguiente al que la Sala Plena de la Corte tome una decisión, pues en el último debate en la Cámara de Representantes, en medio del trámite de subsanación, no se modificaron las fechas.Sin embargo, no hay claridad en cuánto tiempo puede tomar llegar a una resolución o cuál es el evento oficial que comunica la decisión del organismo, si un comunicado o una sentencia.Al gerente del emisor le preocupa la diferencia entre la entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024, más conocida como reforma pensional, y la fecha a partir de la cual entre a regir el nuevo sistema pensional, pues la segunda no puede arrancar sin la primera. De hecho, inicialmente el Congreso dio un plazo de 12 meses entre una y otra.De entrar en vigor al tiempo, el vocero del BanRep anticipa problemas para la adecuada implementación, por ejemplo, de los decretos reglamentarios que ha venido emitiendo el Gobierno. “¿La Corte daría efectos retroactivos a su decisión dando validez a dichos decretos o se requiere de la expedición de unos nuevos?”, preguntó.Por eso le pidió a la Corte considerar la posibilidad de diferir la entrada en vigencia del nuevo sistema hasta tres meses después de publicar la sentencia que aclare la exequibilidad de la ley.Particularmente, Villar señaló que el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC), que quedará bajo la administración del banco central como una cuenta especial, está sujeto a la entrada en vigor de la ley, la expedición de su reglamentación y la firma de un contrato con la Nación, lo cual permitirá que se haga la transferencia de los recursos.“En relación con el FAPC se estableció un régimen de transición que empezaba a regir el 1 de julio de este año. Si los decretos se mantienen vigentes, ¿debe el Gobierno modificar los plazos de los regímenes de transición?”, escribió el gerente en su carta.De hecho, el banco central presionó al Gobierno en varias ocasiones para emitir el marco reglamentario con suficiente antelación a la entrada en vigor del nuevo sistema y acompañó al Ministerio de Hacienda y a la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF) en la elaboración de este texto que se publicó a finales de mayo.Y es que una vez en firme el nuevo sistema pensional, al emisor le quedan muchas más tareas, como la definición de los procedimientos para recibir los recursos del Gobierno, la selección y contratación de terceros que gestionen el portafolio, la fijación de las políticas de inversiónVillar reveló además que, desde la expedición de la ley, el Banco de la República ha venido trabajando en asumir las funciones que le asigna la reforma pensional. Por ejemplo, se creo un departamento especial y un comité administrativo; también se expidió un reglamento y se implementaron una serie de medidas operativas.Por eso concluyó que solo hasta que se conozca la decisión de la Corte Constitucional se podrán reactivar los procedimientos finales de alistamiento, particularmente en lo relacionado al FAPC, “lo cual requeriría un tiempo mínimo para la firma del contrato interadministrativo con el MinHacienda”.—