Fernando Peña, el fiscalista de famosos que acaba en la cárcel arrastrado por los pactos de sus clientes

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Hubo un tiempo en el que Fernando Peña Álvarez lo fue todo. O casi todo. Con un brillante currículo, tan solo le quedó ocupar un despacho ministerial. Llegó a ejercer funciones de asesor dentro del Gobierno. Y con el paso de los años se convirtió en uno de los asesores fiscales más cotizados por la jet set. Pero aquellos días de vino y rosas ya no son más que un recuerdo del pasado. El mazo de la justicia acaba de bajarlo directo a los infiernos. Quien fuera en su día todo un referente en materia tributaria, hoy no es más que el protagonista de una de las mayores condenas impuestas a un fiscalista. Ochenta años de cárcel. Una pena que, en su mayor parte, se deriva de los acuerdos alcanzados por sus clientes con Fiscalía.Peña mostró interés por los impuestos desde su juventud. De ahí que se convirtiese en inspector financiero y tributario del Estado, siendo el primero de su promoción. De su enorme proyección de futuro da buena cuenta su papel como jefe del Servicio de Asesoramiento Técnico en el gabinete del Ministerio de Hacienda. O como asesor de asuntos financieros en Presidencia del Gobierno. Pero a finales de los ochenta decidió dar el salto al sector privado. No parecía contento con el sueldo de los empleados públicos. "La Administración debería cuidar el posible mantenimiento de los funcionarios, dándoles una buena carrera administrativa y unas mejores retribuciones", decía a comienzos de los noventa en televisión.Fue a mediados de aquella década cuando echó a andar Nummaria, el despacho de asesoría fiscal y contable que ha sido su perdición. Ubicado en una de las zonas más exclusivas de la capital, llegó a contar con varios centenares de clientes. Algunos de ellos, vip. Pero todo se torció en la primavera de 2016, cuando agentes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) registraron el bufete en el marco de unas pesquisas por un supuesto fraude fiscal. Nacía así el caso Nummaria, en el que se han visto implicadas más de una treintena de personas y que ha culminado esta semana con el duro golpe de la Audiencia Nacional. La sentencia considera probado que el exinspector de Hacienda "realizaba" actividades "ilícitas" bajo la "cobertura de la asesoría fiscal". Y que para evitar ser detectado "creó un entramado" de sociedades en España y fuera de nuestras fronteras. Una compleja maraña de estructuras jurídico-económicas "diseñadas, implementadas y gestionadas" por el despacho cuya dirección "ejercía" Peña. Estas estructuras fueron utilizadas "para facilitar la opacidad de las operaciones", tanto de dicho bufete como de sus clientes, "bien frente a la Hacienda Pública, bien frente a otras terceras personas físicas y jurídicas" que ostentaban algún derecho de crédito contra aquellos.El mecanismo utilizado para evitar la tributación del Impuesto de Sociedades, el IVA o el IRPF consistía, normalmente, en el siguiente esquema. Las rentas de las personas físicas o de las sociedades operativas se desplazaban hacia un primer grupo de entidades –UTE o comunidades de bienes– que "tributan en régimen de transparencia", las cuales son titularidad (con un alto porcentaje de participación) de Agrupaciones Europeas de Interés Económico (AEIE). Estas últimas, a su vez, están participadas en su mayor parte por sociedades residentes en Reino Unido –las limited–. Y un gran número de estas, al mismo tiempo, por un puñado de sociedades costarricenses.Una cadena, en definitiva, para el "transporte" de "rentas" desde "donde habrían debido tributar" hacia "donde no tributan". La sentencia vincula al fiscalista con un grupo de 22 sociedades, 6 comunidades de bienes, una sicav –sociedad de inversión de capital variable– y una fundación, todas ellas domiciliadas en Madrid y utilizadas tanto para esconder el patrimonio de Peña u ocultar las "cuotas tributarias de la actividad de asesoría fiscal y contable" como para utilizar de "instrumento polivalente" en las "estructuras de fraude" que el bufete diseñaba y comercializaba a sus clientes. Y con otras tres AEAI y una UTE.En el extranjero, el fiscalista, que ha estado representado por el abogado y ex ministro del Interior Antonio Camacho –el mismo letrado que lleva la defensa de la mujer del presidente del Gobierno–, utilizaba para "ocultar parte de su patrimonio y de las rentas generadas por su actividad" sociedades, todas ellas "bajo su control", ubicadas en Suiza –Newbury Services SA y Dacsa International SA–, Panamá –Kingman Group SA, Bernina Overseas SA o Dollhouse SA– Costa Rica –Faverty Trading SA– o Portugal –Esferaguda Lda e Indicecardinal Lda–. La sentencia, del mismo modo, también vincula a Peña con otras en Canadá, Luxemburgo o Uruguay.Algunas sociedades fueron empleadas en adquisiciones inmobiliarias. La costarricense Faverty Trading, por ejemplo, para la compra de "varios inmuebles" en Uruguay. Y las portuguesas Esferaguda o Indicecardinal para la adquisición de dos apartamentos en el país vecino. Y para "ocultar" que "poseía el control y la verdadera titularidad" de estas últimas, el capital social de las mismas era detentado por otras dos inglesas –Tanswell Trading Limited y Coralmead Trading Limited–, que a su vez pertenecían a las sociedades costarricenses Hillside Finance SA y Dudley International SA –en el caso de la primera– y a las uruguayas Parknaor SA y Keynes SA –en el caso de la segunda–.Peña presentaba anualmente sus declaraciones por el IRPF y el IVA. El problema es que los importes declarados en las mismas resultaban "incongruentes con la verdadera dimensión" de la actividad profesional de asesor fiscal que realizaba en el despacho. "Incongruentes, asimismo, con los ingresos anuales que él mismo declara obtener de su actividad ante la entidad suiza UBS de 1.250.000 euros anuales y, también, con el elevado patrimonio que titulariza a través de sociedades, tanto en España como en el extranjero", recoge el fallo de la Audiencia Nacional, que llega a hablar de "más de cincuenta inmuebles".Los magistrados cifran en cerca de 16 millones de euros lo defraudado por el fiscalista entre 2010 y 2015, ambos ejercicios incluidos –9,86 millones por el IRPF y 5,84 millones por el IVA–. Y es ahí, precisamente, donde radica casi la mitad de su condena: 32 años de cárcel por una docena de delitos contra la Hacienda Pública. "No nos encontramos con que el acusado tratara de buscar dentro de la legalidad la forma más favorable de tributar, lo que resulta legítimo en el ámbito de una economía de opción, sino de sortear esa legalidad acudiendo a un sistema que distorsionaba la realidad del hecho imponible hasta hacerla irreconocible", concluye el tribunal.Los otros 48 años restantes, sin embargo, le han caído como cooperador necesario por los delitos cometidos por los clientes condenados en el mismo procedimiento. Precisamente, aquellos que evitaron dar la batalla judicial y reconocieron los hechos a cambio de penas más suaves. Cada conformidad alcanzada con la Fiscalía y cada condena derivada de la misma ha engordado más y más la pena contra el fiscalista, que, no obstante, no cumpliría más de nueve años de cárcel en caso de ratificarse la sentencia, contra la que aún cabe recurso. El Código Penal fija que "el máximo de cumplimiento efectivo" de la condena "no podrá exceder del triple del tiempo" por la pena más grave –tres años en este caso–.El de Imanol Arias es uno de esos casos que ha arrastrado aún más hacia el fondo al asesor. El Ministerio Público pedía 27 años de cárcel para él. Y el actor decidió no arriesgar. De la mano del abogado José Antonio Choclán, especialista en conformidades, alcanzó un acuerdo con la Fiscalía Anticorrupción. Arias reconoció haber defraudado dos millones de euros a cambio de una pena de dos años y dos meses de prisión –si bien no ingresará en la cárcel–. Cinco delitos fiscales confesados por el actor que, al mismo tiempo, engordan en ocho años la condena impuesta al asesor en concepto de cooperador necesario.La sentencia considera probada la participación del despacho Nummaria "en el diseño y funcionamiento" de la estructura empleada por Arias "para eludir el pago de impuestos por las rentas": "Peña no se ha limitado al mero asesoramiento jurídico mediante actos neutros ajenos a la dinámica de la comisión de los delitos tributarios; sino que sus actividades han sido decisivas en relación con la ideación y ejecución de esos delitos". Una "maniobra fraudulenta" que en el caso del actor consistía en la utilización de un "entramado societario" y el "uso fraudulento de la figura de la renta vitalicia" con el objetivo de aplicar una reducción en la tributación.Ana Duato también recurrió a una estructura creada por Peña para transformar parte de las rentas de su trabajo como actriz en renta vitalicia, obteniendo una reducción de su tributación. Pero a diferencia de Arias, ella no pactó. Se enfrentaba a una petición de 32 años. Y ha salido absuelta. "No concurre acreditación suficiente de que la acusada conocía que estaba incumpliendo su deber de contribuir conforme a lo dispuesto en el ordenamiento tributario", recoge el fallo. El mazazo judicial contra el asesor fiscal podía haber sido mucho mayor. La Audiencia Nacional ha librado a Peña del delito de organización criminal, por el que le pedía seis años de prisión –y que podría haber situado mucho más arriba la barrera de la pena máxima a cumplir–. Los magistrados no consideran probado que el despacho se pusiera en marcha para la comisión de delitos o que su funcionamiento evolucionase "hacia una actividad consistente principalmente" en ello. El único respiro para quien un día se codeó con las élites y hoy se ve en la cuerda floja. Un ingreso en prisión que, sin embargo, no será una realidad mientras no adquiera firmeza la condena impuesta.