Esta es la multa, mínima, que le deberá pagar a la DIAN por no presentar la declaración de renta

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Esta es la multa, mínima, que le deberá pagar a la DIAN por no presentar la declaración de renta. Foto: Contraloría.En Colombia, el cumplimiento de las obligaciones tributarias es esencial para el funcionamiento del sistema fiscal y el desarrollo del país.La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) establece sanciones para los contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones dentro de los plazos establecidos.Una de las sanciones más relevantes es la sanción por extemporaneidad, que se impone cuando una declaración tributaria se presenta fuera del plazo establecido.¿Qué es la sanción mínima por extemporaneidad y cómo se calcula?Para el año 2025, la DIAN ha fijado el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) en $49.799. Según el artículo 639 del Estatuto Tributario, la sanción mínima por extemporaneidad es equivalente a 10 UVT, lo que equivale a $497.990.Esta sanción se aplica incluso si el cálculo de la sanción por extemporaneidad resulta inferior a este valor mínimo. Es decir, si la sanción calculada es menor a $497.990, el contribuyente deberá pagar esta cantidad como mínimo.La sanción se calcula aplicando un porcentaje sobre el impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso en la presentación de la declaración. Para el año 2025, la sanción es del 5 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, con un límite del 100 % del impuesto a cargo. Sin embargo, si el cálculo es inferior a 10 UVT, se aplica el valor mínimo de $497.990.Calendario de declaración de renta en Colombia. Imagen: DIANCasos de aplicación y recomendaciones para los contribuyentesEs importante destacar que la sanción mínima por extemporaneidad se aplica no solo en casos de presentación tardía de declaraciones, sino también en situaciones de corrección de declaraciones tributarias.Recomendado: Trabajadores independientes podrán recibir importante descuento en la declaración de renta: esto dice la DIANCuando un contribuyente corrige una declaración de manera voluntaria para aumentar el impuesto a pagar o disminuir el saldo a favor, se aplica una sanción sobre el valor mayor. Si esta sanción es inferior a la mínima, se aplica el valor de 10 UVT.Además, la sanción mínima también se aplica en casos de no declaración. Si una persona está obligada a presentar una obligación tributaria y no lo hace dentro de los plazos establecidos por la DIAN, se impone la sanción mínima.Por ello, es fundamental que los contribuyentes estén al tanto de estas disposiciones y utilicen las herramientas y recursos que ofrece la DIAN para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y evitar sanciones innecesarias.En conclusión, la sanción mínima por extemporaneidad en Colombia para el año 2025 es de $497.990, equivalente a 10 UVT. Esta sanción se aplica en casos de presentación tardía, corrección de declaraciones y no declaración, y se impone incluso si el cálculo de la sanción resulta inferior a este valor mínimo. Cumplir con los plazos establecidos es clave para evitar sanciones y contribuir al adecuado funcionamiento del sistema tributario nacional.