La juez de la plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Catarroja, que investiga la gestión de la dana , ha notificado este jueves un nuevo auto la expulsión del procedimiento de una acusación particular al entender que su actuación implica un «abuso de derecho» y un « fraude procesal» por ejercer, en realidad, la defensa del investigado Emilio Argüeso. En la decisión notificada a todas las partes, la instructora apunta a una «clara voluntad» del ejercicio de la acción penal pero contra ella por parte de la afectada, que perdió a su hermano en la barrancada, que representa la citada acusación. Para argumentarla, incluye declaraciones públicas realizadas en una manifestación celebrada el 29 de junio en Madrid, donde pidió la cárcel para la propia jueza. «Nuria (la juez) debería estar en la cárcel y, de hecho, si no cambia la instrucción y sigue las directrices de los que le mandan, vamos a ir a por ella»; «el pueblo entero va a ir a por ti, Nuria», recoge el auto con las declaraciones de esa persona, que en otras manifestaciones en redes sociales sostenía que « la fecha 29 de octubre es una fecha satánica igual que fueron provocados el día 11 de marzo », además de incluir el «bulo» de los fallecidos en el parking del centro comercial Bonaire. Ruiz Tobarra, además, ha incluido en el procedimiento ese video colgado en YouTube y que circula por otras redes sociales a efectos del recurso, y señala a la abogada que la representa que este órgano «no es el lugar donde se han de investigar los bulos de miles de asesinados , ni tampoco donde se me investigue a mí con el resultado que pretende su cliente. Si es esa su voluntad, deberá acudir a otras instancias. Otros ya lo han hecho». Asimismo recalca que, hasta ahora, no había valorado la «campaña de denigración» contra ella porque se producía «extramuros del procedimiento», pero ahora lo hace porque «se ha pretendido introducir en el proceso, lo que no hace sino obstaculizar el avance del mismo». Así, reitera que es «inadmisible una postura en fraude procesal» que supone «un uso desviado de la figura de la acusación, en este caso, particular, para defender al investigado». De esta manera, adopta esta decisión después de que esta parte, que figura en la causa con una nueva dirección letrada y procurador ya que con anterioridad estaba representada por los de la entidad Liberum, hubiera pedido personarse en la pieza sancionadora abierta respecto del abogado de Arguëso, que había solicitado, entre otras cuestiones, la certificación de en cuántos interrogatorios del procedimiento había participado el magistrado marido de la juez , si es que lo había hecho y si había redactado alguna resolución. Esa acusación particular ahora expulsada se sumó igualmente a esta petición y en idénticos términos. La magistrada había rechazado esa solicitud de la defensa de Argüeso al considerar que es el «enésimo capítulo en una estrategia de defensa que, de forma burda» pretendía apartarla del procedimiento y decidió abrir una pieza separada para ver si cabe sanción contra el letrado tanto por el contenido de su escrito como por la documental aportada con él, consistente en unas fotografías obtenidas ilícitamente de la sala de vistas donde aparecen su marido y su hija tras una declaración y cuando ya se había acabado la grabación. En el auto, contra el que cabe recurso, la magistrada justifica la expulsión en que la acusación particular «tiene como finalidad el ejercicio de la acción penal, no la defensa de los investigados» mientras que su escrito «combina una alineación total con la posición procesal» del abogado de Argüeso, «hasta el punto de que pretende personarse, algo absurdo por otra parte, en la pieza en la que se determinará en su caso la sanción» y con la solicitud de pruebas que pretenden la investigación en este procedimiento no de la muerte de las víctimas sino de ella misma y de su marido.