Gustavo Petro sobre aumento del salario mínimo. Foto: Flickr Presidencia.El presidente Gustavo Petro amenazó al Banco de la República con subir el salario mínimo si la entidad continuaba incrementando las tasas de interés y aunque las tensiones bajaron por el banco central decidió mantenerlas, la herramienta podría seguir en el tintero el Gobierno para presionar reuniones próximas. Sin antecedentes para una medida de este tipo, el país entra en un vacío legal cuya viabilidad jurídica aún no está clara. Valora Analitik consultó a expertos sobre esta posibilidad.Kenneth Burbano Villamarín, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre, explicó que el presidente sí tiene competencia para fijar el salario mínimo, pero que esta es escalonada: primero debe agotarse un proceso de concertación tripartita y, solo si no se logra un acuerdo, el mandatario puede decretar el incremento. «No podría el presidente, sin el previo agotamiento del proceso de concertación, realizar dicho incremento», precisó.Frente a ello, el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, ha indicado que, de tomarse la decisión, el Gobierno convocaría a la mesa tripartita, que muy probablemente no llegaría a ningún acuerdo, como ocurrió en diciembre pasado, cuando Petro terminó decretando un aumento del 23 % que nadie tenía previsto.De expedirse el decreto, Burbano advirtió que sería demandable ante el Consejo de Estado a través de acciones de nulidad o nulidad por inconstitucionalidad. Aclaró, sin embargo, que las decisiones de esa corporación no serían una retaliación autónoma, sino la respuesta a una acción judicial ciudadana.Sobre el cruce con el Banco de la República, no considera una interferencia indebida, sino “una discrepancia institucional normal, dado que el Gobierno tiene participación en la Junta. El debate refleja tensiones técnicas sobre inflación, tasas de interés y poder adquisitivo”.Por su parte, Andrés Pardo, jefe de estrategia macro para América Latina de XP Investments y exviceministro de Hacienda, señaló que no existe consenso jurídico claro sobre si el Gobierno puede volver a subir el salario mínimo en el transcurso del año. La interpretación predominante es que no sería viable, dado que el ajuste está concebido como un proceso anual, con cronograma e indicadores —inflación y productividad— que apuntan a esa periodicidad. No obstante, advirtió que la norma no lo prohíbe de forma explícita.El escenario más probable, según Pardo, sería que el Gobierno expidiera el decreto, se presentaran demandas y el Consejo de Estado decidiera sobre su suspensión —posiblemente de forma rápida—. A diferencia de otros casos con contradicciones legales evidentes, aquí existen zonas grises jurídicas que podrían demorar la decisión.Pardo también advirtió que la amenaza de subir el salario mínimo como respuesta a tasas altas puede leerse como una forma de presionar la política monetaria, con implicaciones para la independencia del banco central. Detrás de la medida, añadió, hay además un cálculo político: si el Banrep sube tasas, el Gobierno tendría un argumento para justificar medidas adicionales y reforzar una narrativa de «bloqueo institucional» en caso de que la justicia frene sus decisiones.