La mujer de Los Palacios que abandonó a su bebé en un contenedor, condenada a 20 años de cárcel

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 20 años de prisión a una mujer por un delito de asesinato en grado de tentativa tras abandonar a su bebé recién nacida en un contenedor de basura en Los Palacios y Villafranca en diciembre de 2023. La sentencia, fechada el 30 de octubre y notificada este lunes a las partes, permite interponer recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).El tribunal considera probado que la acusada actuó con la intención de acabar con la vida de la recién nacida, aplicando la agravante de parentesco y la atenuante de drogodependencia, aunque rechaza la atenuante de confesión alegada por la defensa. Además de la pena de prisión, se le ha impuesto la prohibición de acercarse o comunicarse con la menor y las personas a su cargo durante 24 años, así como el pago de una indemnización de 45.000 euros.[articles:344339]Por su parte, el amigo que ayudó en los hechos fue absuelto de responsabilidad penal debido a su discapacidad intelectual, que impide comprender la ilicitud de sus actos. No obstante, deberá hacer frente a una indemnización civil de 15.000 euros. El tribunal valoró que su participación se limitó a obedecer instrucciones de la acusada sin capacidad para apreciar la gravedad del acto.Según la resolución, la mujer y su hija de seis años residían con sus padres de acogida, a quienes ocultó su embarazo. La acusada dio a luz en solitario el 18 de diciembre de 2023 y decidió deshacerse de la recién nacida introduciéndola en bolsas de plástico, con la colaboración de su amigo, quien trasladó a la niña a un contenedor situado a unos 100 metros de la vivienda.Consumidora de sustancias tóxicasEl tribunal subraya que la acusada permaneció limpiando los restos del parto para eliminar indicios y conminó al colaborador a no revelar lo sucedido. La menor fue encontrada por vecinos que la trasladaron a un centro médico y posteriormente a un hospital de Sevilla, logrando sobrevivir gracias a la rápida intervención sanitaria.[articles:344419]La sentencia también destaca que la procesada era consumidora de sustancias tóxicas en el momento de los hechos, lo que limitaba su capacidad de entender y querer. Los magistrados concluyeron que concurre la agravante de alevosía, al tratarse de un recién nacido incapaz de defenderse, lo que calificó la conducta como tentativa de asesinato y no como homicidio.Finalmente, la Audiencia subraya que la acusada ocultó su embarazo, buscó la soledad para dar a luz y se sirvió de una persona con discapacidad que obedeció sus instrucciones. La resolución considera que estos hechos acreditan la intención deliberada de acabar con la vida de la recién nacida, mientras que la rápida asistencia vecinal y médica permitió salvar a la menor.